El CONAB cambió de funcionarios en silencio hace casi un año

Los nuevos funcionarios sustituyeron a los abogados Alberto Alas Gudiel y Douglas Castellanos, como presidente del consejo directivo y director ejecutivo, respectivamente. Abogados consultados consideran que el nombramiento del nuevo presidente del CONAB riñe con su ley. Bolaños Panamá no respondió a solicitud de entrevista que El Diario de Hoy le hizo en varias ocasiones.

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Alex Fernando Bolaños Panamá, sustituyó al abogado Alberto Alas Gudiel en la presidencia del Consejo Nacional de Administración de Bienes, CONAB, a mediados de 2021. Foto / Cortesía

Por Jorge Beltrán Luna

2022-03-16 9:00:12

Desde principios del 2021, el Consejo Nacional de Administración de Bienes (CONAB) tiene nuevo presidente y director ejecutivo: El primero es Alex Fernando Bolaños Panamá y el segundo, Azael Eduardo Espinoza Calero.

De ambos nombramientos no trascendió información oficial. En el sitio Portal de Transparencia, en el que el Gobierno salvadoreño suele publicar las hojas de vida de los funcionarios, no aparece la de Bolaños Panamá. De Espinoza Calero aparece un resumen en el sitio web del CONAB. (portaltransparenciaconab/marco-de-gestion-estrategica/directorio-de-funcionarios).

Bolaños Panamá y Espinoza Calero sustituyeron a los abogados Alberto Alas Gudiel y a Douglas Castellanos, ambos abogados. El Gobierno tampoco informó sobre los motivos por los que ellos fueron sustituidos.

Antes de ser nombrado como presidente del CONAB, Boñalos Panamá fungió como director de administración de la Superintendencia del Sistema Financiero de donde pasó al Ministerio de Justicia y Seguridad, y de ahí fue nombrado en su actual cargo.

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Bolaños Panamá es licenciado en Comunicación Social y Mercadeo. Eso dice su hoja de vida publicada por la Superintendencia del Sistema Financiero.

El CONAB es la oficina encargada de administrar todos los bienes que el Estado, a través de la Fiscalía General de la República, interviene en un proceso de extinción de dominio a delincuentes.

Abogados consultados por El Diario de Hoy consideran que su nombramiento como presidente del CONAB riñe con la Ley de Extinción de Dominio pues su profesión de comunicador social y mercadeo no le dan las competencias para desempeñar su cargo en el que se requiere conocimientos sobre derecho administrativo, derecho penal y procesal penal y otras leyes relacionadas con la función del Consejo.

El artículo 63 de la Ley de Extinción y Dominio en su primer párrafo menciona que uno de los requisitos para ser miembro del consejo directivo es “... Poseer título universitario y notoria competencia en las materias relacionadas con sus atribuciones”.

Este miércoles, El Diario de Hoy gestionó en reiteradas ocasiones, conocer la versión del CONAB sobre ambos nombramientos, para lo cual se intentó entrevistar a Bolaños Panamá. Al cierre de esta nota no se había obtenido respuesta.

Inhabilidad para el cargo

En el caso de Bolaños Panamá, según los profesionales en Derecho consultados, existe un impedimento legal mucho más fuerte que la falta de competencias necesarias para desempeñar el cargo.

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La Ley de Extinción de Dominio, en su artículo 64, indica las causas de inhabilidad para ser nombrado parte del consejo directivo del CONAB. “Son causas de inhabilidad para ser electo miembro del Consejo Directivo las siguientes: b) Los cónyuges, convivientes o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad (...) de los miembros del Consejo de Ministros…”.

De acuerdo con documentos consultados por El Diario de Hoy, el actual presidente del CONAB es cuñado de la actual viceministra de Agricultura y Ganadería, María Lilian Pacas de Bolaños. Ella está casada con Federico Bolaños Panamá.

De acuerdo con el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo (RIOE), en su artículo 16, estipula que entre las obligaciones de los viceministros está integrar el Consejo de Ministros cuando actúen en sustitución del ministro. Esto también lo estipula el Art. 166 de la Constitución.

¿Qué dicen los abogados?

“Por la naturaleza de esta ley (de Extinción de Dominio), entiendo que él (Bolaños Panamá) tendría que tener conocimientos de derecho administrativo, derecho penal y procesal penal”, afirmó un abogado que pidió no ser identificado por su relación laboral con el Estado.

Mientras tanto, el abogado Eduardo Escobar, director ejecutivo de Acción Ciudadana, a la luz de lo que dice la Ley de Extinción de Dominio, es evidente que Bolaños no cumple con los requisitos del cargo en cuanto a la preparación académica, porque si él es comunicador social y mercadólogo, no es un perfil que esté relacionado con la materia de competencia del CONAB.

Por otra parte, según Escobar, si Bolaños Panamá es familiar de una viceministra, en ese caso estaría imposibilitado para ocupar el cargo.

Además, Escobar indicó el cuestionamiento hacia el nombramiento es simplemente que se cumpla con el perfil definido por las leyes. Afirmó que como organización han tenido señalamientos cuando se hace nombramientos de funcionarios que no cumplen el perfil de idoneidad para el cargo.

Por su parte, según el abogado Enrique Anaya Barraza, en principio hay una apariencia de ilegalidad en los nombramientos, pero que el problema es que recientemente la Sala de lo Contencioso Administrativo cambió radicalmente de criterio y resolvió que las organizaciones de la sociedad civil no tienen legitimación activa, es decir, no tienen el derecho acudir a los tribunales, a cuestionar la legalidad de esos nombramientos.

“Por eso es que le da igual al Ejecutivo estar haciendo nombramientos de personas que no cumplen los requisitos legales o que incurren en inhabilidad porque no hay donde cuestionarlos”, explicó Anaya Barraza.
El abogado recordó el caso del presidente del Banco Central de Reserva cuyo nombramiento ha sido cuestionado pero sigue en su cargo a pesar de que no cumple con los requisitos que señala la ley del Banco.

Las preguntas que se le harían al presidente del CONAB

  1. Cuándo fue nombrado como presidente del CONAB.
  2. Cuáles son sus funciones en el Ministerio de Seguridad.
  3. Considera que reúne el requisito de “notoria competencia en las materias relacionadas con sus atribuciones” que menciona el art. 63 de la Ley de Extinción de Dominio.
  4. El Art. 64 de la Ley de Extinción de Dominio dice que los parientes en segundo grado de afinidad de los miembros del Consejo de Ministros están inhabilitados para ser elector miembros del CONAB y usted es cuñado de la viceministra de Agricultura, según documentos oficiales ¿No considera que eso hace que su nombramiento riña con la ley?