Con 13 votos la Corte Suprema negó extraditar al Manicomio, pandillero de la MS

El fallo corresponde a 2021, pero hasta ahora se dio a conocer tras los documentos a los que tuvo acceso la agencia EFE.

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Por Agencias / EFE

2022-02-02 12:03:18

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de El Salvador negó la extradición de un pandillero a EE.UU., donde es requerido por cuatro homicidios, a raíz de que dicho país supuestamente no habría dado las "garantías" de que sería juzgado como menor de edad y no enfrentaría cadena perpetua, según un falló al que la agencia EFE tuvo acceso este miércoles.

Se trata de Edwin Mauricio Rodríguez Morales, ahora mayor de edad y con alias Manicomio, cuya extradición fue solicitada por Estados Unidos en octubre de 2020 y quien habría perpetrado los homicidios cuando era menor de edad.

"Deniégase al Gobierno de los Estados Unidos de América la extradición del ciudadano salvadoreño (...) por no brindarse garantías de que el reclamado será juzgado como menor de edad y de la no aplicación de la pena de prisión perpetua", indica el fallo emitido a finales de agosto de 2021 y que no se había dado a conocer.

La denegación de la extradición fue acordada en el pleno de la Corte Suprema con 13 votos de 15 magistrados. La resolución apunta que el Supremo tenía la "voluntad" de "conceder la extradición" bajo la condición de que sería juzgado como menor de edad, pero Estados Unidos "ha manifestado no estar obligado a proporcionar dicha garantía".

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Añade que la jurisprudencia de EE.UU. indica que la cadena perpetua "no es una pena cruel o inusitada, incluso si el sentenciado es menor de edad", lo que "no es jurídicamente compatible" con la Constitución salvadoreña. "Si un salvadoreño era menor de edad al momento en que entró en conflicto con la ley penal (...) no puede en nuestro sistema ni ser juzgado como adulto, y en el caso que sea declarado responsable penalmente tampoco puede un juez imponerle una pena de prisión o medida de internamiento vitalicia", apuntaron los jueces.

Los magistrados decidieron enviar el expediente del proceso a la Fiscalía General de la República (FGR) "a efecto de que ejecute las actuaciones que considere pertinentes de conformidad a sus facultades constitucionales".

También sostuvieron que Estados Unidos tiene la posibilidad de someter a alías Manicomio "al proceso penal juvenil salvadoreño bajo la competencia del juez de menores, sobre la base de los preceptos que establece la Ley Penal Juvenil" del país centroamericano.

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"Esta Corte pone a disposición del estado solicitante, todos los mecanismos legales y procedimentales para que puedan llevar a término las pretensiones de pronta y cumplida justicia a favor de las víctimas", apunta la resolución.

También señalaron que Rodríguez debía continuar "en la detención provisional con fines de extradición en la que se encuentra"; sin embargo, el plazo de detención habría concluido cerca de dos meses y medio después de la emisión del fallo y se desconoce si la FGR ha iniciado acción penal contra el señalado.

El acta de la sesión del Supremo del 24 de agosto de 2021, en la que se acordó negar la extradición, se señala que a esa fecha se tenían "dos meses y veinte días más de plazo" de detención provisional.

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