El martes pasado ingresó al pleno de la Asamblea un pliego de propuestas de reforma a la Ley de Tránsito que contiene regulaciones al sector del transporte público, automotores, motociclistas, ciclistas y hasta peatones.
Entre las modificaciones planteadas por el Ejecutivo se destacan aumentar las tarifas para sancionar a quienes infrinjan la normativa de tránsito terrestre.
De esa manera las faltas catalogadas como leves que en la actualidad están valoradas en $11.43 pasarían a $50, las faltas graves subirían de $34.29 a $100 y las muy graves de $57.14 a $150.
Aquí el detalle de algunas infracciones que serían multadas con $150:
- Circular con más de dos personas en una misma motocicleta
- Circular en motocicletas por hombros de calles, en el bordillo del carril izquierdo o en las líneas divisorias de los carriles
- Circular en motocicletas por ciclo vías y carriles destinados para la circulación de bicicletas
- Conducir sin portar el chaleco reflectante identificado con el número de la placa de la motocicleta
- Circular después de las 6:00 de la tarde y antes de las 6:00 de la mañana del día siguiente, sin que el motociclista y/o su acompañante usen chalecos o chaquetas reflectantes visibles
- Conducir motocicletas sin utilizar anteojos protectores cuando el casco no tenga protector cortaviento
- Circular con el sistema de control de emisiones en mal estado de funcionamiento
- Sobrepasar el límite de emisiones de gases permitido
- Facilitar o prestar la placa o las placas del vehículo para que la utilice otro
- Modificar sin autorización los motores, para aumentar su capacidad de velocidad, sin fines deportivos
- Instalar señales o sirenas rotativas luminosas en vehículos no autorizados
- Pintar sobre la red vial sin previa autorización; así como dañar, remover o inutilizar las señales viales
- Retirarse el involucrado del lugar del accidente
- Circular con vehículos automotores de diésel, que contenga como impureza azufres que sobrepase el límite estándar permisible por las normas dictadas por autoridad competente
- Circular por las vías terrestres del país, con vehículos automotores que utilicen o contengan más de trece milésimas de gramo de plomo por litro de combustible como aditivo
- Circular en motocicletas sin cascos certificados
- Circular en motocicletas con menores de 12 años de edad como acompañantes
- Conducir manipulando o haciendo uso del teléfono celular, radio de comunicación, agenda de cualquier clase, dispositivo o aparato electrónico, así como sosteniendo en las manos, dedos o llevando entre los brazos o sobre las piernas a otra persona, animales o cualquier otro objeto o cosa que dificulte el manejo, limite la visibilidad u ocasione o posibilite la distracción en el conductor
- Remover el sistema de control de emisiones
- No respetar o atender señales del personal autorizado que se encuentre realizando trabajos en la vía pública
- Negarse a la realización de pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol, drogas, estimulantes o estupefacientes u otras sustancias análogas
- Conducir el vehículo bajo los efectos de bebidas embriagantes, estupefacientes o enervantes
- Utilizar la vía pública para competencias automovilísticas sin autorización
- Conducir vehículos con sistema de frenos en mal estado
- Sobrepasar un vehículo cuando otro venga en dirección opuesta y dicha maniobra cause peligro
- No respetar la luz roja del semáforo
- No respetar la señal vial de alto o de ceder el paso
- Conducir con el motor desconectado
- Circular en la ciudad o carreteras con vehículos que tengan instaladas barras led
- Circular con las luces apagadas en horas nocturnas
- Efectuar reparaciones en vías públicas de manera permanente
- Estacionarse frente a entradas principales de edificios públicos, teatros, hoteles, bancos, hospitales, residencias particulares, obstaculizando el acceso a ellos
- Estacionarse en la acera, paralelo a la vía o atravesado
- Estacionarse en zona de seguridad señalizada
- Estacionarse en zona de carga en horas restringidas
- Estacionarse en paradas de buses
- Estacionarse en zona prohibida o eje preferencial
- Conducir estando cancelada la licencia
- Conducir estando suspendida la licencia
- Conducir sin estar autorizado para ello
- Circular en el carril izquierdo de la vía sin ir sobrepasando
- Conducir vehículos, motocicletas, tricimotos y cuadrimotos en las playas y en sitios no autorizados
- Intentar sobornar a las autoridades del control vial
- No coincidir las características físicas del vehículo con las que constan en la tarjeta de circulación
- Sobrepasar a alta velocidad un microbús, un bus o microbús escolar cuando esté estacionado subiendo o bajando alumnos
- Abandonar el vehículo por desperfectos en vías públicas por más de 24 horas
Estas son algunas de las reformas, si necesita más información consulte el documento anexo a esta nota.