Proponen multas de hasta $150 para conductores que cometan faltas muy graves de tránsito

Lo anterior es parte de un pliego de reformas presentado por el gobierno que incluye modificaciones para el sector del transporte público, motociclistas y peatones.

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Policías durante un control vehicular. Foto: EDH/ Archivo

Por Eugenia Velásquez

2021-07-22 3:58:18

El martes pasado ingresó al pleno de la Asamblea un pliego de propuestas de reforma a la Ley de Tránsito que contiene regulaciones al sector del transporte público, automotores, motociclistas, ciclistas y hasta peatones.

Entre las modificaciones planteadas por el Ejecutivo se destacan aumentar las tarifas para sancionar a quienes infrinjan la normativa de tránsito terrestre.

De esa manera las faltas catalogadas como leves que en la actualidad están valoradas en $11.43 pasarían a $50, las faltas graves subirían de $34.29 a $100 y las muy graves de $57.14 a $150.

Aquí el detalle de algunas infracciones que serían multadas con $150:

- Circular con más de dos personas en una misma motocicleta

- Circular en motocicletas por hombros de calles, en el bordillo del carril izquierdo o en las líneas divisorias de los carriles

- Circular en motocicletas por ciclo vías y carriles destinados para la circulación de bicicletas

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- Conducir sin portar el chaleco reflectante identificado con el número de la placa de la motocicleta

- Circular después de las 6:00 de la tarde y antes de las 6:00 de la mañana del día siguiente, sin que el motociclista y/o su acompañante usen chalecos o chaquetas reflectantes visibles

- Conducir motocicletas sin utilizar anteojos protectores cuando el casco no tenga protector cortaviento

- Circular con el sistema de control de emisiones en mal estado de funcionamiento

- Sobrepasar el límite de emisiones de gases permitido

- Facilitar o prestar la placa o las placas del vehículo para que la utilice otro

- Modificar sin autorización los motores, para aumentar su capacidad de velocidad, sin fines deportivos

- Instalar señales o sirenas rotativas luminosas en vehículos no autorizados

- Pintar sobre la red vial sin previa autorización; así como dañar, remover o inutilizar las señales viales

- Retirarse el involucrado del lugar del accidente

- Circular con vehículos automotores de diésel, que contenga como impureza azufres que sobrepase el límite estándar permisible por las normas dictadas por autoridad competente

- Circular por las vías terrestres del país, con vehículos automotores que utilicen o contengan más de trece milésimas de gramo de plomo por litro de combustible como aditivo

- Circular en motocicletas sin cascos certificados

- Circular en motocicletas con menores de 12 años de edad como acompañantes

- Conducir manipulando o haciendo uso del teléfono celular, radio de comunicación, agenda de cualquier clase, dispositivo o aparato electrónico, así como sosteniendo en las manos, dedos o llevando entre los brazos o sobre las piernas a otra persona, animales o cualquier otro objeto o cosa que dificulte el manejo, limite la visibilidad u ocasione o posibilite la distracción en el conductor

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- Remover el sistema de control de emisiones

- No respetar o atender señales del personal autorizado que se encuentre realizando trabajos en la vía pública

- Negarse a la realización de pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol, drogas, estimulantes o estupefacientes u otras sustancias análogas

- Conducir el vehículo bajo los efectos de bebidas embriagantes, estupefacientes o enervantes

- Utilizar la vía pública para competencias automovilísticas sin autorización

- Conducir vehículos con sistema de frenos en mal estado

- Sobrepasar un vehículo cuando otro venga en dirección opuesta y dicha maniobra cause peligro

- No respetar la luz roja del semáforo

- No respetar la señal vial de alto o de ceder el paso

- Conducir con el motor desconectado

- Circular en la ciudad o carreteras con vehículos que tengan instaladas barras led

- Circular con las luces apagadas en horas nocturnas

- Efectuar reparaciones en vías públicas de manera permanente

- Estacionarse frente a entradas principales de edificios públicos, teatros, hoteles, bancos, hospitales, residencias particulares, obstaculizando el acceso a ellos

- Estacionarse en la acera, paralelo a la vía o atravesado

- Estacionarse en zona de seguridad señalizada

- Estacionarse en zona de carga en horas restringidas

- Estacionarse en paradas de buses

- Estacionarse en zona prohibida o eje preferencial

- Conducir estando cancelada la licencia

- Conducir estando suspendida la licencia

- Conducir sin estar autorizado para ello

- Circular en el carril izquierdo de la vía sin ir sobrepasando

- Conducir vehículos, motocicletas, tricimotos y cuadrimotos en las playas y en sitios no autorizados

- Intentar sobornar a las autoridades del control vial

- No coincidir las características físicas del vehículo con las que constan en la tarjeta de circulación

- Sobrepasar a alta velocidad un microbús, un bus o microbús escolar cuando esté estacionado subiendo o bajando alumnos

- Abandonar el vehículo por desperfectos en vías públicas por más de 24 horas

Estas son algunas de las reformas, si necesita más información consulte el documento anexo a esta nota.