Gobierno amplía cuarentena con decreto de dudosa legalidad

El decreto 29 extiende al 15 de junio las restricciones de circulación en el territorio nacional. Sin embargo, de acuerdo a abogados consultados por este medio, este decreto es ilegal pues restringe derechos fundamentales sin pasar por el Congreso.

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Foto EDH / Archivo

Por Ricardo Avelar

2020-06-03 8:30:57

En el Decreto Ejecutivo 29 del Ministerio de Salud, publicado el 2 de junio en el Diario Oficial, se extiende el alcance de la cuarentena domiciliar obligatoria hasta el 15 de junio.

En este documento, que incluye las restricciones de movilidad en el territorio nacional, ya se incluye la autorización de circulación a nuevas industrias anunciada esta semana por el presidente Nayib Bukele y su ministro de Trabajo, Rolando Castro, en ocasión del impacto que provocó la tormenta tropical Amanda.

De tal manera que a las áreas con permiso de circular en los últimos decretos (restaurantes solo para servicio a domicilio, empresas de envíos de alimentos y bienes básicos, medios de comunicación, entre otros) se sumó el permiso de operar de ferreterías y empresas de construcción, mantenimiento y contratistas. En el sector construcción, sin embargo, se aclara que es para obras de mitigación de los daños causados por las lluvias y no para ampliaciones.

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Asimismo, se mantiene la restricción de circular por documento de identidad y el cierre al transporte público. También se establece que el personal de Salud conducirá a quienes presuntamente violen la cuarentena y les practicarán exámenes dentro de las siguientes 12 horas de su retención. A quienes presenten síntomas, sean sospechosos de portar COVID-19 o den positivo en la prueba los conducirán a un centro de contención. No podrán ser trasladados, dice el decreto, a centros donde haya pacientes confirmados. La estadía en estos lugares será de 14 días, que podrá extenderse a al menos 6 más si surge algún caso positivo en este lugar.

 

Continúa “ilegalidad” e “improvisación”, advierten juristas

“El Ejecutivo insiste en restringir derechos fundamentales, una facultad que solo le corresponde a la Asamblea Legislativa”, señaló sobre el decreto el presidente de Acción Ciudadana, Humberto Sáenz. A su juicio, aludir al Código de Salud no elimina la invasión de funciones y muestra que aún no hay colaboración entre el Legislativo y el Ejecutivo como ordenó la Sala.

A esto se sumó Javier Castro, director de Estudios Legales de Fusades, quien consideró “inconstitucional” el decreto por la arbitraria atribución de funciones que hace el Ejecutivo.

“El DE 29 restringe la movilidad de toda la población y a lo largo del país sin tener cobertura legal para ello, pues esto procede solo bajo un régimen de excepción declarado por la Asamblea Legislativa, por lo que al imponerse arbitrariamente una suspensión generalizada de la libertad de movimiento, podemos decir que estamos frente a un régimen de excepción de facto”, explicó Castro y añadió que “también se está restringiendo vía decreto ejecutivo la libertad económica, y ello solo procede mediante decisión de la Asamblea Legislativa”.

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Usar decretos cortos para invadir funciones del Congreso es, según el jurista de Fusades, buscar “artificios” para continuar el irrespeto al estado de derecho. Por ello, llama a la Sala de lo Constitucional a intervenir y frenar, así como ha hecho antes, decretos que sobrepasan la autoridad del Ejecutivo.

El constitucionalista Daniel Olmedo también ve una invasión de funciones y una “grave transgresión al orden constitucional” cuando el Ministerio de Salud limita derechos constitucionales.

Olmedo lamenta el silencio del tribunal constitucional sobre estos decretos. “Veremos si la Sala, nuevamente, permite que el Ejecutivo se burle de ella con estas vivezas.

Lamentablemente es natural que el Presidente en sus discursos irrespete a la Sala de lo Constitucional, si esta ha omitido ocupar las herramientas a su disposición para defender efectivamente la Constitución y darse a respetar”, opinó el abogado.

Finalmente, Enrique Anaya considera que es “una raya más al tigre de la colección de inconstitucionalidades e ilegalidades de Casa Presidencial”.

Este experto en derecho constitucional añade que este decreto no tiene ninguna base, pues no hay una declaratoria de Emergencia Nacional ni una ley de cuarentena que le dé fundamento legal.

Anaya agrega que “el gran déficit democrático en esta crisis es que la Sala de lo Constitucional no actúa en defensa de la democracia, de los derechos fundamentales, del Estado constitucional de derecho, amén que la Fiscalía ya es inexistente”.

Humberto Sáenz también consideró que este decreto se suma al desorden jurídico generado por el equipo legal de la Presidencia. A su juicio, se muestra “la misma incertidumbre e improvisación con que se ha manejado toda la producción de normas relacionadas con la pandemia”.

Anaya fue más allá e ironizó que el gobierno aplica la fórmula “IP²”: “incapacidad, perversión y picardía”.