Toma nota de las nuevas fechas para salir a comprar alimentos según tu número de DUI

Las fechas están vigentes hasta el 15 de junio. Esta vez, el calendario no aplica para suplirse de medicamentos o comprar insumos en ferreterías, pues debido a la emergencia por lluvias estas compras son permitidas sin presentar DUI.

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Pobladores de Texistepeque haciendo compras en un supermercado. Foto EDH / Archivo

Por Vanessa Jurado

2020-06-03 3:56:13

Las autoridades anunciaron las nuevas fechas para salir de casa para abastecerse de alimentos y realizar transacciones bancarias según la terminación de tu Documento Único de Identidad (DUI), esto parte de las medidas de cuarentena domiciliar por la emergencia del COVID-19 en El Salvador.

En el nuevo Decreto 29 publicado este miércoles por el Ministerio de Salud se estipulan algunos cambios debido a la emergencia por lluvias. El principal es que para abastecerse de medicamentos en farmacias así como comprar implementos en ferreterías no será necesario presentar DUI. Esto ya había sido autorizado por el Gobierno desde inicios de semana, y ahora lo amplía hasta el 15 de junio.

“Para el abastecimiento de alimentos, o transacciones en agencias de bancos, se segmentará a la población conforme a la terminación del último dígito de su Documento Único de Identidad, pasaporte o carné de residente para extranjeros”, estipula el decreto 29.

Estos son los nuevos días para salir según el último dígito de tu DUI:

0,1, 2: jueves 4, lunes 8, y viernes 12 de junio de 2020
3,4: viernes 5, martes 9 y sábado 13 de junio 2020
5,6 : sábado 6, miércoles 10 y domingo 14 de junio de 2020
7,8 y 9: miércoles 3, domingo 7, jueves 11 de junio, lunes 15 de junio de 2020.

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Las compras deberán hacerse únicamente en centros comerciales que estén dentro del municipio en donde se reside, ya que no se podrá transitar de un municipio a otro, en el Gran San Salvador.

Las nueva programación aplicará hasta el próximo lunes 15 de junio, según queda establecido en el Decreto Ejecutivo 29 del Ministerio de Salud, que circuló este día en redes y que por la tarde fue publicado por Salud. En este, el gobierno extiende el alcance de la cuarentena domiciliar obligatoria hasta el 15 de junio.

El documento es consistente con las cuarentenas decretadas anteriormente por el Ejecutivo y añade algunas industrias que el presidente de la República, Nayib Bukele, y su ministro de Trabajo, Rolando Castro, anunciaron en ocasión del impacto que provocó la tormenta tropical Amanda.

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De tal manera que a las áreas con permiso de circular en los últimos decretos (restaurantes solo para servicio a domicilio, empresas de envíos de alimentos y bienes básicos, medios de comunicación, entre otros) se sumó el permiso de operar de ferreterías y empresas de construcción, mantenimiento y contratistas, personas dedicadas a la albañilería y fontanería. También se permite el funcionamiento de empresas dedicadas a la fabricación de colchones.

Este Decreto 29, sin embargo, sigue sin sustento jurídico, ya que no existe un estado de emergencia decretado por la Asamblea Legislativa como manda la ley ( la última normativa sanitaria aprobada no ha sido sancionada por el Ejecutivo), y la legislación de cuarentena aprobada por el Congreso expiró el pasado 19 de mayo.

El Salvador se mantiene en un periodo de cuarentena ordenada por el gobierno para contener avance de covid-19 en el que numerosas empresas han tenido que cerrar operaciones debido a las restricciones sanitarias y falta de un plan de reapertura económica hasta la fecha.

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El documento también incluye la autorización de funcionamiento para ferreterías y empresas de construcción. Este nuevo Decreto 29 ha quedado sin sustento legal, ya que no existe un estado de emergencia decretado por la Asamblea y la legislación de cuarentena expiró el pasado 19 de mayo.