Gobierno presenta en Asamblea nuevo proyecto de emergencia y de apertura gradual de la economía

Con decretos ilegales en los últimos días, el Gobierno mantiene la cuarentena en un limbo jurídico. Este nuevo proyecto de ley contempla distintos aspectos en una sola normativa. Según Mario Ponce, será analizado en la Comisión Política.

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Foto EDH / David Martínez

Por Eugenia Velásquez

2020-05-21 4:15:07

Después de confrontaciones entre el Ejecutivo y el Órgano Legislativo, el secretario privado de la Presidencia, Ernesto Castro, presentó este jueves a los diputados un proyecto diferente para declarar emergencia nacional, regular la cuarentena, y abrir de forma gradual los comercios.

Según el presidente de la Asamblea, Mario Ponce, del PCN, dicho documento contiene un 80% del contenido de la ley sanitaria integral que fue aprobada por la Asamblea el lunes pasado.

El proyecto de ley contempla distintos aspectos en una sola normativa denominada: “Ley de Reapertura de la Economía, de Atención Integral a la Vida y la Salud y Declaratoria de Estado de Emergencia en relación a la Pandemia por COVID-19”.

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En el artículo 2 del documento se establece que la Comisión Nacional de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres, junto al Ministerio de Economía y el Ministerio de Salud, elaborarán un “plan para el regreso seguro y progresivo de las actividades sociales, económicas, comerciales e industriales, debiendo seguir los protocolos de salud internacionales y las regulaciones establecidas en la presente ley y otras disposiciones legales aplicadas a la materia”.

En el artículo 3 establece fases para la apertura gradual de la economía así:

Desde el día 16 hasta el día treinta de la entrada en vigencia de esta ley se mantendrán suspendidas las siguientes actividades:

1) Las actividades presenciales de educación inicial, parvularia, básica y media, así como las actividades académicas extracurriculares.
2) Las actividades presenciales de educación superior.
3) Los espectáculos y eventos deportivos públicos.
4) El transporte recreativo y turístico.
5) Ferias.
6) Fiestas patronales.

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7) Espacios cerrados de atención al público de los restaurantes y cafetines; se mantiene abierto el servicio a domicilio y para llevar.
8) Espacios abiertos de atención al público de los restaurantes y cafetines; se mantiene abierto el servicio a domicilio y para llevar.
9) Iglesias y lugares de culto.
10) Salas de recepciones.
11) Museos y salas de exposiciones.
12) Centros de convenciones.
13) Cines y teatros.
14) Establecimientos para deporte sin contacto, gimnasios.
15) Piscinas.
16) Salones de belleza, peluquerías y barberías, salvo la modalidad por citas.
17) Establecimientos para deporte con contacto.
18) Casinos y loterías.
19) Parques acuáticos, zoológicos, turicentros y similares, en lo que respecta a la atención al público.
20) Bares y Discotecas.

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Fase 2, desde el día treinta y uno hasta el día cincuenta de la entrada en vigencia de esta ley, se mantienen suspendidas:

1) Las actividades presenciales de educación inicial, parvularia, básica y media, así como las actividades académicas extracurriculares.
2) Las actividades presenciales de educación superior.
3) Los espectáculos y eventos deportivos públicos.
4) El transporte recreativo y turístico.
5) Ferias.
6) Fiestas patronales.
7) Salas de recepciones.
8) Cines y teatros.
9) Piscinas.
10) Salones de belleza, peluquerías y barberías, salvo la modalidad por citas.
11) Establecimientos para deporte con contacto.
12) Casinos y loterías.
13) Parques acuáticos, zoológicos, turicentros y similares, en lo que respecta a la atención al público.
14) Bares y Discotecas.

Fase 3. Desde el día cincuenta y uno hasta el día setenta de la entrada en vigencia de esta ley, se mantienen suspendidas las siguientes actividades:

1) Las actividades presenciales de educación inicial, parvularia, básica y media, así como las actividades académicas extracurriculares.
2) Los espectáculos y eventos deportivos públicos; excepto los estadios de fútbol, los cuales pueden ser utilizados con un distanciamiento de dos metros.
3) El transporte recreativo y turístico.
4) Ferias.
5) Fiestas patronales.
6) Cines y teatros.
7) Piscinas.
8) Establecimientos para deporte con contacto.
9) Casinos y loterías.
10) Parques acuáticos y turicentros, en lo que respecta a la atención al público.
11) Discotecas.
12) Iniciada la fase tres se autorizará la apertura de las operaciones aeroportuarias para el tráfico de pasajeros internacionales, cumpliendo con los protocolos de sanidad emitidos por las autoridades de aeronáutica civil.

Fase 4. Comprende desde el día setenta y uno hasta el día ciento veinte de la entrada en vigencia de esta ley.

a) Lo dispuesto en los literales a) y b) de la Fase 1 regulado se mantendrá vigente para la duración de la Fase 4.
b) El área del lugar de trabajo deberá ser, como mínimo 1.5 metros cuadrados por persona.
Lo dispuesto en el presente decreto estará sujeto a reformas en virtud del comportamiento y riesgo epidemiológico que la pandemia presente.

En el proyecto de ley se autoriza la circulación del transporte público y privado de pasajeros, a partir de la entrada en vigencia de la fase I, guardando los protocolos sanitarios de distanciamiento social. Así mismo, autorizase la circulación del transporte de carga, guardando los protocolos sanitarios de distanciamiento social.

Estas son algunas de las medidas que contiene el proyecto de ley. Ponce explicó que este documento será analizado este próximo lunes por los diputados de la Comisión Política, sin embargo, aclaró que la comisión queda abierta, es decir, que podrán reunirse en cualquier momento.

Este día la Asamblea aprobó un pronunciamiento para que el Gobierno envíe sus observaciones a la ley sanitaria integral y de reapertura de la economía que aprobaron el lunes pasado y del cual el presidente Nayib Bukele dijo que lo vetará.

Pero con este nuevo proyecto de ley del Gobierno, los diputados tendrán más insumos para sacar un nuevo estado de emergencia, cuarentena y de apertura gradual. Los legisladores se mostraron abiertos a seguir analizándolo.

Con decretos ilegales, el Gobierno ha dejado la cuarentena en un limbo jurídico. El martes por la noche, Casa Presidencial emitió el decreto ejecutivo 26, el cual según abogados es nulo al haber vencido el Estado de Emergencia aprobado por la Asamblea, suspendido el “extendido” por un decreto ejecutivo el sábado y sin sanción la ley sanitaria aprobada el lunes por la Asamblea.

Iniciativa de ley reactivación económica y estado de emergencia