El Gobierno prohibió que el transporte público pueda circular desde hoy jueves hasta el 21 de mayo. La medida se aplicará en un país en donde el 80% de la población se moviliza en buses según estudios del Viceministerio de Transporte (VMT).
Tras el anuncio de la suspensión del servicio del transporte público como una medida para frenar el brote de COVID-19 en el país, dado sorpresivamente el 6 de mayo, usuarios caminaron por largo tiempo para poder abordar algún vehículo que los llevara a su destino
El presidente Nayib Bukele se escudó en que la ley de Cuarentena y Aislamiento aprobada por la Asamblea Legislativa el lunes pasado le otorga esa facultad, por lo que emitió ayer el decreto ejecutivo 22 que contiene “causas adicionales” a las previstas en el artículo 8 de la citada normativa para aplicar más restricciones a los ciudadanos y negocios, so pena estos últimos de ser cerrados por incumplimiento y las personas de ser enviadas a centros de detención.
Los salvadoreños ya no podrán transitar de un municipio a otro y las salidas a hacer compras de alimentos y medicinas serán dos veces por semana de acuerdo al último número de su DUI. Para los extranjeros, deberán presentar su pasaporte o carné de residente. Quienes no posean su documento de identidad, tienen que obtener una certificación del Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) vía correo electrónico.
Hay restricciones más rígidas, por ejemplo, no portar la mascarilla será motivo suficiente para ser enviado a un centro de detención de cuarentena, así como incumplir con las nuevas medidas de salir cuando no le corresponda de acuerdo a su carné de identidad.
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Ante el anuncio de la suspensión del transporte público, Catalino Miranda, presidente de la Federación de Empresarios del Transporte (Fecoatrans), dijo que tienen dudas y dejó entrever que podría tratarse de un “error de dedo” de Bukele, sin embargo, explicó que tendrán que acatar la disposición del Gobierno, pero que si se equivocó, exhortó a Bukele a que lo aclare.
“Estamos viendo que no se puede circular el transporte colectivo, será error de dedo o mandato del presidente. Nosotros vamos a acatar lo que el supremo Gobierno de El Salvador diga sobre este tema. Pero me preocupa un poco que sí queda abierto parte de industrias o movilidad de personas autorizadas para movilizarse que no tiene vehículo es preocupante porque no tienen moto, no tienen como movilizarse”, apuntó Miranda.
Otras gremiales de buses como la Terminal Plaza Amanecer dio a conocer que suspenderán desde hoy el servicio de transporte público hacia el oriente hasta nuevo aviso.
Al respecto, el presidente Bukele escribió en Twitter que: “los empleadores autorizados para funcionar deberán proveer el transporte a sus trabajadores, ida y regreso.
Diputados, abogados constitucionalistas y el presidente de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), Javier Simán, advierten que la ley de Cuarentena no le da la potestad al Gobierno para restringir la circulación del transporte colectivo ni de las personas y que el contenido restrictivo del decreto ejecutivo 22 es “inconstitucional”.
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Y es que las medidas son de restricción de la circulación, algo que el presidente de la Asamblea, Mario Ponce, del PCN, explicó que no tiene base legal. “La libertad de tránsito no está prohibido en el decreto legislativo”.
“Las personas que tengan justificación para circular no podrán movilizarse del municipio de su residencia a otro municipio, salvo para dirigirse a su lugar de trabajo o en el caso en que residan en municipios donde no hay mercados o supermercados, podrán acudir al municipio más cercano solo para comprar alimentos. Las autoridades deberán verificar dicha circunstancia, a través de las autoridades municipales”, reza el decreto.
El abogado constitucionalista Francisco Bertrand Galindo explicó que para implementar esas medidas se necesita un régimen de excepción y no es eso lo que fue aprobado por la Asamblea el lunes pasado tras una intensa discusión entre los diputados.
El FMLN dijo que esa ley permite al Gobierno cometer arbitrariedades. Otros como Ricardo Velásquez Parker, de ARENA, afirmaron que es una ley de restricción de derechos constitucionales “disfrazada”.
Efectivamente Bertrand Galindo expresó que para que el Gobierno prohíba la circulación “se requiere que se haya suspendido el derecho constitucional y no se hizo”. (Ver más en página aparte).
En el decreto ejecutivo se señalan nuevas limitaciones para operar de negocios y empresas que habían estado funcionando, por ejemplo, las floristerías, ventas de cosméticos, los restaurantes ya no deberán estar dando servicio para llevar, solo a domicilio, entre otras actividades comerciales.
Las sanciones que impone el decreto por faltar a estas medidas serán las tipificadas en el Código de Salud o de la “responsabilidad penal” respectiva, dice el decreto, pero los diputados eliminaron de la ley toda penalidad por incumplir la cuarentena.
Los empleados que laboran para las empresas que sí están autorizadas para operar, deberán portar su carné de la compañía o institución para la que trabajan, una carta firmada, sellada y con el número de DUI y teléfono del patrono que autoriza su movilización desde el municipio donde reside hasta el municipio donde trabaja.
Quedan prohibidas actividades comerciales que no tengan que ver con la distribución, producción de alimentos. Por ejemplo, en el decreto se prohíbe la distribución o preparación de bebidas alcohólicas, gaseosas y snacks o bocadillos.
CONSULTA EL DECRETO 22 QUE ESTIPULA LAS RESTRICCIONES
DECRETO 22 EMERGENCIA CASA PRESIDENCIAL.