Gobierno prohíbe servicio de Uber y taxis durante 15 días, según restricciones de cuarentena

La medida entrará en vigencia el jueves 7 de mayo, y se suma a las demás restricciones de movilidad anunciadas por el Gobierno, como la prohibición de circulación del transporte público, lo que afectará a las personas que salen a trabajar.

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Foto de referencia / Archivo.

Por Hasmed Sermeño

2020-05-06 8:35:52

“No habrá Uber, no habrá transporte, no habrá taxis. El transporte que existirá es el que contraten las empresas”, así lo informó la comisionada presidencial, Carolina Recinos, durante una conferencia de prensa de cara a la entrada en vigencia del artículo 22 del Ministerio de Salud Pública que restringe la movilidad en territorio salvadoreño como medida sanitaria ante la pandemia por el coronavirus.

A partir de la media noche de este 7 de mayo, los salvadoreños deberán acatar las nuevas restricciones de movilidad que el Gobierno ha ordenado basándose  en el artículo 8 de la Ley de Regulación para el Aislamiento, Cuarentena, Observación y Vigilancia por COVID-19 para poder circular aprobado por la Asamblea.

El decreto con las restricciones estará vigente hasta el próximo 21 de mayo.

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De tal forma que la nueva medida no solo aplica para el transporte colectivo, como se dio a conocer en horas de la tarde; sino que también  incluye a taxis y servicio de Uber; no así para el transporte de personal, así lo informó el asesor jurídico de Casa Presidencial a El Diario de Hoy.

Por su parte Romeo Herrera, ministro de Obras Públicas dijo “Estaremos apoyando medidas de restricción. Las únicas unidades que circularán son de transporte privado. El gobierno garantizará el traslado de personal de salud”.

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Según Herrera, 500 unidades prestarán los empresarios de transporte sin costo alguno al Gobierno para trasladar al personal de salud desde las 5 de la mañana del jueves 7 de mayo.

 

 

El presidente Nayib Bukele dijo a través de Twitter que deberá ser responsabilidad de cada empresa brindar transporte para sus empleados durante este período.

Además, se detalla que la circulación de personas para ir a comprar alimentos o medicinas será de acuerdo al último número de su DUI y solo se podrá realizar esa actividad dos veces por semana.

“Las personas que tengan justificación para circular no podrán movilizarse del municipio de su residencia a otro municipio, salvo para dirigirse a su lugar de trabajo o en el caso en que residan en municipios donde no hay mercados o supermercados, podrán acudir al municipio más cercano solo para comprar alimentos. Las autoridades deberán verificar dicha circunstancia, a través de las autoridades municipales”, reza el decreto.