Sala da hasta 1 de mayo a Bukele Para preparar plan de repatriaciones

Gobierno pidió 30 días más, pero el tribunal urge el retorno de compatriotas. La Sala también ordena priorizar el retorno de las personas más vulnerables

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El aeropuerto de El Salvador está cerrado desde el 18 de marzo. Los viajeros que llegaron en esa fecha fueron llevados a centros de cuarentena. Foto EDH/ Archivo

Por Mario González

2020-04-26 6:00:49

Sin más prórroga, el presidente Nayib Bukele tiene hasta el próximo 1 de mayo para presentar el plan de repatriaciones que la Sala de lo Constitucional le mandó elaborar a principios de abril, de acuerdo con una última resolución emitida por el máximo tribunal.

Gobierno pide prorrogar emergencia hasta 16 de mayo

En vista de que el país sigue bajo riesgo de contagio masivo de COVID-19, lo que podría desbordar aún más el sistema hospitalario, el gobierno ha solicitado una nueva prórroga del decreto de estado de emergencia.En la actualidad, este decreto tiene validez hasta el próximo 1 de mayo. De aprobarse la nueva prórroga, este llegaría hasta el 16 de mayo. Esto debe ser aprobado antes del viernes próximo por la Asamblea Legislativa.Al ser abordado por este tema por El Diario de Hoy, el presidente de la Asamblea Legislativa, Mario Ponce, dijo a este medio que cualquier día de la próxima semana pueden convocar a plenaria extraordinaria y aprobar el tema, aunque recordó que también hay una sesión plenaria ordinaria programada para el jueves. “No veo que pueda existir oposición alguna” a renovar el decreto, consideró el también legislador del PCN, quien está confiado del aval a la prórroga.

“Concédese al presidente de la República una prórroga de únicamente 7 días a partir de la notificación de este auto, siendo su vencimiento el 1 de mayo de 2020, para que presente el plan de repatriación de los salvadoreños que no pudieron regresar al país debido a las medidas adoptadas a fin de contener el brote de Covid-19”, dice el fallo emitido por los magistrados.

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El Tribunal agrega que el plan debe presentarse en los términos en que fue ordenado el 8 de abril de 2020, como medida para garantizar los derechos fundamentales de los 4,800 salvadoreños varados en varios países según la Cancillería y conforme las recomendaciones giradas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su Resolución 1/2020 sobre pandemia y derechos humanos en América Latina.

Sala de lo constitucional, Corte Suprema de Justicia

“Concédese al presidente de la República una prórroga de únicamente 7 días a partir de la notificación de este auto, siendo su vencimiento el 1 de mayo de 2020, para que presente el plan de repatriación de los salvadoreños que no pudieron regresar”. “Habrán transcurrido 24 días desde que esta Sala ordenó dicha medida precautoria en el presente proceso para garantizar los derechos fundamentales de los demandantes y de los salvadoreños que se encuentran en su misma situación”.“Si al tiempo en que los salvadoreños en cuestión no han podido retornar al país se agregaran, a partir de ahora, los 30 días que prevén las autoridades demandadas para preparar el aludido plan, habrán transcurrido más de 2 meses sin que aún inicie su ejecución”.

En aquella oportunidad, la Sala ordenó que el plan debe ser gradual, se debe priorizar los casos más urgentes y que los repatriados cumplan con la cuarentena sanitaria al llegar al país.

“Dicho plan tendrá que incluir criterios objetivos a efecto de priorizar el regreso escalonado de aquellos salvadoreños que se encuentren en una situación de mayor vulnerabilidad o de urgente necesidad personal o respecto de terceros, por lo que debe realizarse cuanto antes -si no se posee- un registro o base de datos de los connacionales que se encuentren en esas circunstancias y establecer prelaciones de retorno”, señala la resolución.

Entre las personas a quienes se les debe priorizar su retorno se encuentran los adultos mayores y de condición de salud vulnerable, salvadoreñas embarazadas o en período de lactancia, padres de familia que están sin sus hijos menores de edad y que dependen de ellos, y las personas que las autoridades gubernamentales determinen que están en una mayor situación de vulnerabilidad o de urgente necesidad de repatriación.

En aquel momento la Sala dio un plazo de seis días hábiles para la presentación del plan.

Según la última resolución, un escrito firmado por el apoderado del presidente Bukele, Conan Tonathiú Castro Ramírez, expone que la elaboración del plan demorará un plazo de 30 días, ya que se deben evaluar las circunstancias personales de cada uno de ellos, a efecto de establecer un orden de retorno conforme a los criterios indicados en la resolución de 8 de abril de 2020.

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Pero la Sala advierte que las evaluaciones con las que se pretende justificar el plazo de 30 días para elaborar el plan en cuestión no constituyen en sentido estricto actos preparativos sino, más bien, actos de ejecución de dicho plan, pues según el informe sobre el plan de repatriación presentado por el apoderado del presidente de la República, la primera fase de este se denominará “identificación y documentación” y supondrá el análisis de las bases de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Ministerio de Salud, el contacto con los salvadoreños que prevean regresar al país, la confirmación de su nacionalidad o de la residencia permanente, si no fuesen nacionales, y la integración, procesamiento y evaluación de sus solicitudes.

Sin embargo, advierte que el plazo de 30 días adicionales para la sola elaboración del referido plan resulta “desproporcionado”, pues” las apremiantes circunstancias actuales derivadas de la crisis sanitaria en la que nos encontramos inmersos exige de las autoridades públicas, además de celeridad y eficacia, flexibilidad para adaptarse a circunstancias excepcionales”.

En seguida, la Sala les dice a las autoridades que “deben llevar a cabo sus actuaciones sin demorar más de lo estrictamente necesario”.

“No se debe soslayar la aplicación de principios constitucionales y la ponderación de los derechos fundamentales que estén en juego, así como no se debe omitir la protección de segmentos poblacionales en condiciones de vulnerabilidad, como los niños, los adultos mayores, las mujeres embarazadas y las personas que padecen afecciones crónicas”, dicen los magistrados.

La Sala recuerda que ordenó la elaboración del plan el 8 de abril, “con la debida urgencia” y si se conceden los 30 días solicitados por el Gobierno al final habrán pasado dos meses sin lograr que los compatriotas puedan volver.

“Conceder, a partir de ahora, 30 días para completarlo constituye un plazo desproporcionado y contrario a la finalidad que se persigue con su elaboración”, insiste el Tribunal Constitucional.

Además razona que, en vista de que oficialmente se ha informado que 3,188 personas han concluido la cuarentena obligatoria en centros de aislamiento, esto significa que habrá espacio disponible para recibir a los connacionales que deban ir a ellos.

“En atención a las exigencias de celeridad y eficacia con las que deben actuar las autoridades públicas en emergencias como la presente, es preciso conceder al presidente de la República, para la presentación del plan de repatriación, una prórroga de únicamente 7 días a partir de la notificación” de este fallo, dice la autoridad judicial.

Gobierno: ya hay un plan

En seguida, razona que a la finalización de dicha prórroga, el 1 de mayo, habrán transcurrido 24 días desde que esta Sala ordenó dicha medida precautoria en el presente proceso para garantizar los derechos fundamentales de los demandantes y de los salvadoreños que se encuentran en su misma situación.

Esta semana, el presidente Bukele vetó un decreto de la Asamblea Legislativa que propiciaba el retorno de los ciudadanos que se han quedado en tránsito o fuera del país sin poder retornar.

Sin embargo, el Gobierno se apresuró a explicar que ya tiene un plan a partir de un sondeo de qué personas serán beneficiadas, según dijo la canciller Alexandra Hill.

El Secretario Jurídico de la Presidencia, Conan Castro, dijo que hicieron un diagnóstico de quienes aplican según los criterios establecidos y que han iniciado una coordinación con los aeropuertos y las aerolíneas y con las personas que ya habían comprado su boleto de regreso a El Salvador para facilitar los trámites migratorios. Pero hasta ahora la Sala no había recibido ningún plan, como ordenó el 8 de abril.

El pasado 23 de abril llegaron 41 de 88 personas que fueron dejadas a la deriva en Tapachula, México.

Aunque esto y la orden de la Sala pueden ser una luz al final del túnel, los miles de connacionales varados en 70 países no tienen certidumbre de su retorno hasta ahora.

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