Nuevo decreto de Excepción abre puerta a extensión indefinida, dicen abogados

Enrique Anaya argumenta que diputados cometieron una “aberración jurídica” al no legislar para aclarar los límites de excepción.

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Foto EDH / David Martínez

Por Eugenia Velásquez - Ricardo Avelar - Violeta Rivas

2020-03-31 5:00:34

Abogados consultados por El Diario de Hoy calificaron de “fraude a la Constitución” que la Asamblea haya aprobado este domingo por la noche un nuevo decreto para ampliar por 15 días más la restricción de derechos constitucionales, ya que esto permitirá medidas de excepción de forma “indefinida”.

“Bajo la argucia de que se trata de un nuevo decreto las garantías constitucionales podrían suspenderse ilimitadamente. Fraude a la Constitución”, publicó desde su cuenta de Twitter el Centro de Estudios Jurídicos (CEJ).

El abogado constitucionalista Enrique Anaya expuso que se trata de “un fraude a la Constitución, al artículo 30 al decir que se trata de un nuevo decreto y tal como está, es como si fuera borra saldo y los 15 días anteriores no se cuentan”.

En su intervención durante el pleno, el diputado de ARENA, Mauricio Ernesto Vargas, explicó que la Constitución mandata a que los estados de excepción se pueden declarar durante 30 días y prorrogar por otro periodo igual, pero así como está el decreto abre la puerta a que se siga prolongando indefinidamente.

Anaya afirma que los diputados cometieron “aberración jurídica” al no legislar en el decreto para dejar claras las medidas cautelares emitidas por la Sala y así evitar que las personas no sean enviadas a centros de contención ni a bartolinas, cuando las fuerzas de seguridad pública consideren que violaron la “cuarentena domiciliar”.

En el nuevo decreto aprobado por la Asamblea el domingo incluyeron en el artículo 3 un inciso para incorporar lo que dictó la Sala de lo Constitucional el 26 de marzo con la resolución a favor de una demanda de hábeas corpus interpuesta por tres señoras de Jiquilisco (Usulután) que fueron apresadas por andar comprando en el mercado local.

El decreto menciona en el inciso segundo del artículo 3 que “en toda circunstancia y en todo el territorio nacional, el Gobierno de la República deberá observar en el marco de este decreto las medidas cautelares establecidas por la Sala de lo Constitucional”, con referencia al Hábeas Corpus 148-2020. En el nuevo decreto se incorpora la supervisión de Derechos Humanos. En el anterior no estaban.

“Es la Asamblea la que tendría que haber dispuesto cuáles iban a ser los límites y eso no lo dice ¿ha pasado a ser ley la resolución de la Sala o qué?, cuestionó Anaya.

Mientras que el abogado constitucionalista, Francisco Bertrand Galindo, explicó que hay un vacío legal en dicho decreto al no sustentar con una base legal el por qué se ordena cerrar negocios y empresas.

“Yo hubiera esperado que se definiera un poco más algunas cosas que estaban sucediendo de parte del Ejecutivo, que ordena cerrar empresas y negocios, sin que tenga una base de relación causal directa con la pandemia”, argumentó Bertrand Galindo.