Cámara ordena juicio civil para devolver los $301 millones al Estado en caso Destape a la corrupción

También los magistrados redujeron las penas impuestas al mínimo en el caso de los tres ex empleados de CAPRES.

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Foto EDH / archivo

Por Jaime López

2019-07-05 3:47:05

Los $301 millones que el expresidente Elías Antonio Saca y sus exfuncionarios deben devolver al Estado según fallo del Tribunal Segundo de Sentencia del 21 de noviembre de 2018, queda en suspenso y los verdaderos montos deberán ser fijados en un juicio civil a petición de la Fiscalía General de la República.

Por ejemplo, el expresidente Saca que fue condenado por peculado y lavado de dinero a diez años de prisión, y a devolverle al Estado $260 millones, esa orden queda anulada y lo mismo para Elmer roberto Charlaix Urquilla, Cesar Daniel Funes Durán, Julio Humberto Rank Romero, Francisco  Rodríguez Arteaga, Jorge Alberto Herrera Castellanos y Pablo Gómez, todos condenados penalmente por peculado y lavado de dinero.

Los montos que el Tribunal Segundo de Sentencia validó para imponer a los acusados en el proceso Destape a la corrupción, fueron fijados a través de una auditoría que la Fiscalía contrató, pero los magistrados de la Cámara Segunda consideraron en su resolución, que ese no era suficiente y que se debía realizar un proceso civil.

Modificación de las penas

La Cámara también modificó la sentencia penal del Tribunal Segundo de Sentencia por apelación de los abogados defensores de los exempleados de Casa Presidencial.

Los abogados apelaron por el grado de participación de sus defendidos en el desfalco millonario, pues señalan que Francisco Rodríguez, Jorge Herrera y Pablo Gómez acataban órdenes, los primeros dos de forma voluntaria del expresidente y del exsecretario privado de la Presidencia, Elmer Charlaix.

Y por tanto ellos nunca tuvieron el dominio de las irregularidades, sin embargo por el cargo que ejercían, tuvieron que abrir cuentas a sus nombres para depositar fondos que se giraban de la cuenta institucional  del Tesoro Público de la Presidencia de la República para después trasladarlo a las cuentas personales del expresidente Saca, Charlaix, Funes Durán y Rank Romero, así como una diversidad de personas jurídicas y naturales.

Por esa razón, “la Cámara modificó el grado de participación de los exempleados de Capres, de coautores a cómplices por existir error en el encuadramiento del título de participación conforme a los hechos probados”, argumentan los magistrados.

En el caso de la conducta de los exempleados Francisco Arteaga y Pablo Gómez, condenados por peculado y lavado de dinero a penas de 6 y 16 años respectivamente, la Cámara al estudiar ambos tipos penales y las conductas reprochadas a los imputados, encontró que todos los depósitos fueron no a sus cuentas sino a la del expresidente y sus exfuncionarios.

En ese sentido, ellos no obtuvieron ningún beneficio de esos fondos, por lo que la Cámara anula las condenas por el delito de peculado a los exempleados de Casa Presidencial, y solo deberán cumplir tres años y cuatro meses por lavado de dinero.

Pero los magistrados no se quedan en esta valoración, van más allá en el caso de Pablo Gómez, al aplicarle la figura de “error de prohibición vencible”, que favorece con aplicarles la tercera parte del mínimo y la tercera parte del máximo de la pena, de modo que su participación como cómplice necesario del delito de lavado de dinero solo debe ser sancionado con un año y un mes con diez días.

Para  Jorge Alberto Herrera Castellanos y Francisco Gómez les quedaron la pena de tres años de cárcel. Contra el expresidente Saca, Charlaix, Rank y Funes las penas no cambiaron, pues “no fueron del conocimiento de esta Cámara por no haberse interpuesto apelación y adquirieron firmeza”.