Un examen de notariado en choque con la lógica

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Alexandra Hill Tinoco. EDH Archivo / Foto Por Jorge Reyes

Por Enrique Anaya

2019-05-06 6:25:04

PUESIESQUE…la semana pasada tampoco se publicó esta columna, no porque quien la escribe andaba en las manifestaciones del Día del Trabajo…lo que sucede es que esa fecha es día inhábil y… pues, hay que respetar “las conmemoraciones institucionales”…así que para día feriado no se escribe.

Volvemos a retomar la columna, para terminar (por ahora) con el temita del notariado, solo para contarles algunos de los aspectos más kafkianos del famoso examen de suficiencia para la autorización del ejercicio de la función pública de notariado (vaya nombrecito…quizá a alguien nos ayuda inventando algún acrónimo), que prácticamente inobservan las reglas básicas de una mínima técnica para la formulación de una prueba de suficiencia, cuando no la más elemental lógica; como son, entre otras: (a) que durante el desarrollo del examen, que es escrito, dicen a los aspirantes que van a cambiar la redacción de algunas preguntas; (b) que exista repetición de preguntas en una misma clave del examen; (c) que existan muchas preguntas que nada tienen que ver como la función del notariado; o, (d) lo que ya es incomprensible, que las respuestas al examen que la misma Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha hecho públicas, ¡son contradictorias!

Me explico: a consecuencia de un procedimiento de acceso a información pública, en el sitio web de la CSJ (específicamente en el Portal de Transparencia) están publicadas las distintas claves del examen de notariado, debidamente resueltas, indicando cuál es la respuesta correcta a cada pregunta (como se trata de un examen de opción múltiple, solo se subraya la respuesta correcta).

Ahora bien, resulta que si nos ponemos a confrontar los exámenes y respuestas de diferentes años, se descubre que, a veces, una misma pregunta con las mismas opciones de respuesta se repite en diferentes años, pero al comparar las respuestas que la misma CSJ ha hecho públicas, ¡son diferentes! Así, en un ejemplo abstracto, la pregunta 5 que se hizo en la clave 1 de 2015, se repite como pregunta 10 de la clave 2 de 2017, y resulta que, siendo la misma pregunta y las mismas opciones de respuesta, para el 2015 dice la CSJ que la respuesta correcta es la letra a), pero en el 2017 se asegura que la contestación acertada es la letra c). Como decía un comentarista deportivo: “vaya usted a saber”.

Ojalá que, incluso antes de la indispensable reforma al régimen del notariado, los autores y gestores de ese examen de nombre tan largo, al menos tengan el cuidado que su contenido y su calificación cumpla con los estándares mínimos de calidad.

P.D. 1: ¿será que la Sala de lo Constitucional está jugando a las “estatuas”, “stop” o, como decíamos en la escuela, “altuay”? Es que dicha Sala no resuelve casos eventualmente controversiales, como la continuidad o no de la jurisprudencia de o vinculación partidaria de funcionarios públicos de control. Veremos, por ejemplo, si se llega al extremo de esperar el vencimiento del período del abogado Ulises Rivas como magistrado del Tribunal Supremo Electoral, para evitar pronunciarse sobre el tema. La próxima semana amplío.

P.D. 2: Hoy abundó…sobre la controversia generada por el Facebook Live de un futuro funcionario público en relación a medios de comunicación que le critican, basta recordar un párrafo del voto del juez Black en la sentencia de la Suprema Corte de Estados Unidos, al resolver el famoso caso “Los papeles del Pentágono”: “La prensa debía servir a los gobernados, no a los gobernantes. El poder del Gobierno de censurar la prensa fue abolido para que la prensa permaneciese para siempre libre para censurar al Gobierno”.