¿Cuáles son las recomendaciones para los salvadoreños que buscan refugio en otros países?

Conoce cuáles son los 13 potenciales perfiles de riesgo de los solicitantes de asilo que proceden de El Salvador y que pueden ser considerados para protección internacional según ACNUR.

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Un indocumentado que huye del país cruza el río Paz en ruta a Guatemala y, posiblemente, EE. UU. Foto EDH / archivo

Por Xenia González Oliva / @begoliva

2018-06-10 8:20:01

Los salvadoreños están huyendo en masa. Una amenaza, el asesinato de un familiar, haber sido testigos de un crimen, no querer pertenecer a una pandilla o negarle un favor puede condenar a una persona al éxodo en El Salvador. Las víctimas, sin la protección del Estado, huyen hacia otros países en busca de refugio y protección.

El fenómeno se ha agudizado durante los últimos años. Entre los años 2000 y 2016 hubo 131,812 solicitantes de refugio salvadoreños alrededor del mundo, de acuerdo a los registros estadísticos del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). Los datos indican un incremento de solicitantes de refugio del 767% en el lapso de 16 años. Los que huyen pasaron de ser 4,995 solicitantes de refugio en el año 2000 a 43,302 en 2016.

 

“Los números nos indican que se ha agudizado la problemática, pero que ya venía desde hace muchos años atrás”, expone Jaime Rivas, antropólogo e investigador.

La huida de los salvadoreños se incrementó de forma acelerada a partir del año 2013, cuando hubo 6,601 solicitudes; en 2014 pasaron a ser 11,742 y en 2015 fueron 22,937.

“Estamos hablando de un éxodo de personas, no es una ni dos, ni cinco, ni veinte, estamos hablando de cientos de cientos y cientos, de miles de personas que tienen que dejar sus lugares de origen para buscar, no una vida mejor, sino para buscar salvaguardar la vida, que es distinto”, sostiene Nadia Nehls del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) de la Ciudad de México.

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Recomendaciones para quienes buscan refugio fuera de El Salvador

La solicitud de refugio solo puede hacerse estando ya en el país donde la persona lo requiere.

Para que una persona obtenga el estatus de refugio es necesario que pueda comprobar por qué necesita la protección internacional. Por ello es importante que la persona que lo solicite sea capaz de defender con pruebas y documentos. Pruebas de denuncias ante la Policía Nacional Civil, Fiscalía y Procuraduría de los Derechos Humanos pueden ayudar para sustentar el caso, incluso recortes de periódicos.

También es necesario que carguen sus documentos, como pasaporte, para demostrar su pertenencia al país. Como no son pocos los casos en los que la huida debe ser de un momento a otro, por lo que no pueden prepararse de antemano, al estar ya en el otro país los salvadoreños pueden solicitar apoyo de los consulados para tramitar estos documentos.

La falta de información es un factor que puede afectar a los solicitantes de refugio. Por ejemplo, pueden ser víctimas de presión de las autoridades migratorias para que desistan de su solicitud, para que se contradigan o los amenazan con ser deportados, pese a que los solicitantes de refugio también tienen derechos que deben ser respetados mientras dure el proceso.

Además de documentarse, las personas deben informarse para decidir en qué país les conviene más hacer la solicitud de refugio, es necesario considerar los riesgos a los que se pueden exponer en el trayecto, el hecho de que en algunos países, como México, serán mantenidos en un centro de detención por meses mientras esperan respuesta, así como su capacidad de sostenerse económicamente mientras no tenga permiso de trabajo.

Rivas señala que no necesariamente se le otorgara refugio a quien vaya documentado y puede que sí se le otorgue a quien no lleve documentos.

 

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Situación en Centroamérica

El primer año en que se reportaron solicitudes a Costa Rica fue en el año 2007, con 13 aplicaciones. Entre los años 2013 y 2016 hubo un incremento del 602% de las solicitudes en Costa Rica. En 2016 hubo 1,731 solicitudes de refugio en Costa Rica de acuerdo a los datos de ACNUR.

En ese mismo período en Belice hubo un incremento del 3,989% de solicitudes. Pasó de reportar 28 solicitudes de refugio en 2013 a 1,145 en 2016.

Pero en Belice no es tan fácil obtener refugio. Armando De Paz, director de la estrategia regional de Cristosal, expone que el marco legal migratorio de refugio de Belice es violatorio de derechos ya que las personas pueden ser criminalizadas por ser migrantes. Si un migrante es detenido y no tiene para pagar una multa de $600 puede ser enviado a la cárcel. También si una persona pasa más de 14 días indocumentado ya no puede pedir refugio.

En el caso de Nicaragua se ha desmantelado su sistema de solicitud de refugio.

“Costa Rica es como el país más óptimo, pero se tardan por lo menos seis meses para darte el refugio, y mientras sos solicitante de refugio, no tenés permiso de trabajo”.

De Paz ha conocido de casos de personas que han tenido que regresar porque no pudieron sostenerse. En Panamá el sistema está saturado y se está tardando de dos o tres años en dar un resultado.

En Suramérica los mecanismos legales de acceder a refugio puede que sean más fáciles, pero la movilización e integración a la sociedad implica tener mayores capacidades económicas y laborales.

Situación en Estados Unidos

Actualmente, al llegar a Estados Unidos los salvadoreños se encuentran con un sistema saturado. El proceso para lograr obtener la condición de refugiado puede tomar años. A diferencia de otros países en donde hay comisiones encargadas de revisar los casos, en Estados Unidos las solicitudes de refugio se manejan a través de un sistema de cortes.

“He visto cómo a alguien le pueden dejar una audiencia hasta dos años después. No es tanto problema en la vida cotidiana de alguien que está esperando audiencia afuera, pero es más difícil para alguien que esté en un centro de detención”, expone De Paz.

Estados Unidos es el único que diferencia entre refugio y asilo por el lugar en que esté la persona que lo solicita. El estatus de refugiado solo puede pedirlo estando fuera de Estados Unidos a través del Programa de Admisiones de Refugiados de los Estados Unidos. El asilo lo pueden pedir quienes ya están en Estados Unidos sin importar su estatus de inmigración actual.

Además, Estados Unidos se centra solo en las cinco causales de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, estableciendo que se puede otorgar estatus de refugiados solo a las personas que han sido víctimas de persecución o teman ser perseguidas por razones relacionadas a su religión, nacionalidad, raza o por pertenecer a un determinado grupo social u opinión política.

¿Qué salvadoreños están en riesgo según ACNUR?

“El creciente número de solicitudes de asilo resultantes de actividades relacionadas con las pandillas, especialmente en el contexto de América Central, ha hecho necesario aclarar la interpretación de la definición de refugiado contenida en la Convención de 1951”, decía el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en el año 2010 en un documento llamado “Nota de orientación sobre las solicitudes de la condición de refugiado relacionadas con las víctimas de pandillas organizadas”.

En el 2016 emitió un documento llamado “Directrices de elegibilidad para la evaluación de las necesidades de protección internacional de los solicitantes de asilo procedentes de El Salvador“. En este, el ACNUR plantea 13 potenciales perfiles de riesgo de los solicitantes de asilo que proceden de El Salvador.

“El ACNUR considera que los solicitantes de asilo procedentes de El Salvador que están dentro de uno o más de estos perfiles de riesgo pueden necesitar protección internacional para refugiados bajo el artículo 1A de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 (Convención de 1951), dependiendo de las circunstancias del caso individual”, indica el documento.

No obstante, el ACNUR señala que no necesariamente quienes coincidan con los perfiles recibirán el estatus de refugiado y tampoco se debe rechazar automáticamente a quien no sea parte de los perfiles. Estas directrices son para ayudar a las personas y los gobiernos al momento de evaluar la necesidad de protección internacional de los solicitantes de asilo.

Los perfiles son los siguientes:

Personas percibidas por una pandilla como infractoras de sus normas
El ACNUR considera que las personas que puedan ser percibidas por una pandilla como alguien que pone “resistencia a su autoridad” y que no cumple sus normas, ya sea por haberse negado a un favor, no unirse a la pandilla, negarse a las pretensiones sexuales de un miembro, pueden “necesitar protección internacional de los refugiados por motivos de su opinión política (imputada), pertenencia a un determinado grupo social, y otros motivos de la Convención”.

Personas con profesiones susceptibles a la extorsión
El ACNUR ha tomado en cuenta la propagación de la extorsión en El Salvador y las consecuencias de quienes no pueden pagarla. Entre estas se encuentran los comerciantes informales y formales, trabajadores del transporte públicos, beneficiarios de remesas y retornados del extranjero. “Pueden necesitar una protección internacional como refugiados debido a su opinión pública (imputada) o su pertenencia a cierto grupo social”.

Testigos y víctimas de delitos cometidos por pandillas
ACNUR señala que testigos y víctimas de delitos han sido asesinados. Por ello, dependiendo de las circunstancias del caso ACNUR dice que estas personas pueden necesitar protección por su “opinión política (imputada) o debido a su pertenencia a un determinado grupo social”, esto bajo el artículo 1A de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951.

Personas de quienes se presume su vinculación con una pandilla
ACNUR señala que cuando una pandilla cree que una persona apoya o puede tener vínculos con otra pandilla, incluso si este sea solo por vivir en una zona “contraria”, pueden ser víctimas. Dependiendo del caso, podrían necesitar refugio debido a su “opinión pública (imputada) o por otros motivos de la Convención”. Esto se refiere bajo el artículo 1A de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 (Convención de 1951).

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Desertores y Ex miembros de pandillas
El ACNUR indica que los desertores y ex miembros de pandillas pueden ser considerados “traidores” y perseguidos por estos grupos. Esto podría llevar a que necesiten protección internacional por su “pertenencia a un determinado grupo social o debido a su opinión política (imputada), o debido a otros motivos de la Convención”. Esto se refiere bajo el artículo 1A de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 (Convención de 1951).

Personas con profesiones susceptibles a la extorsión
El ACNUR ha tomado en cuenta la propagación de la extorsión en El Salvador y las consecuencias de quienes no pueden pagarla. Entre estas se encuentran los comerciantes informales y formales, trabajadores del transporte públicos, beneficiarios de remesas y retornados del extranjero. “Pueden necesitar una protección internacional como refugiados debido a su opinión pública (imputada) o su pertenencia a cierto grupo social”.

Niños, niñas y jóvenes con ciertos perfiles
El ACNUR considera que los niños y niñas que vivan en zonas con alto control de las pandillas o en zonas donde impera la violencia infantil “pueden necesitar protección internacional de los refugiados debido a su pertenencia a un determinado grupo social, o debido a su opinión política (imputada) o debido a otros motivos de la Convención”.

Periodistas y defensores de los derechos humanos
Dependiendo de las circunstancias de cada caso, ACNUR indica que los periodistas y defensores de derechos humanos que denuncian o investigan sobre temas sensibles pueden ser víctimas por lo que “pueden necesitar protección internacional para refugiados debido a su opinión política (imputada), o debido a otros motivos de la Convención”.

Mujeres y niñas con determinados perfiles
El ACNUR destaca que la violencia y discriminación contra las mujeres y niñas impera en El Salvador. Por ello, quienes vivan en zonas con alta presencia de pandilla o en zonas donde impera la violencia sexual o de género “pueden necesitar protección internacional para refugiados debido a su pertenencia a un determinado grupo social, y/o su opinión política (imputada), o debido a otros motivos de la Convención”.

Maestros de instituciones públicas
Ya que las pandillas pueden tener presencia en las instituciones públicas del país, los profesores y educadores que trabajan en ciertas zonas pueden ser extorsionados. También pueden ser amenazados o asesinados si se resisten al reclutamiento de sus estudiantes. Por ello ACNUR considera que “pueden necesitar protección internacional para refugiados debido a su opinión política (imputada), o debido a otros motivos de la Convención”.

Personas con identidades de género y orientaciones sexuales diversas
La discriminación contra las personas con orientación sexual y/o identidad de género diversas prevalece en El Salvador. Esta población es muy vulnerable ante la violencia por lo que ACNUR señala que “pueden necesitar protección internacional para refugiados debido a su pertenencia a un determinado grupo social, o debido a otros motivos de la Convención”.

Miembros de la PNC y Fuerza Armada
Debido a que los agentes de la policía y miembros de la Fuerza Armada pueden ser blancos de ataques de las pandillas, ACNUR dice que “pueden necesitar protección internacional para refugiados debido a su pertenencia a un determinado grupo social, o debido a otros motivos de la Convención”, pero antes de aplicar tienen que haber renunciado a las actividades armadas.

Otros Funcionarios públicos
En este caso se refiere a funcionarios como abogados, fiscales y jueces que investigan tanto a pandillas como al crimen organizado. También funcionarios que han sido amenazados por el área en el que trabajan. Ellos “pueden necesitar protección internacional para refugiados debido a su opinión política (imputada), o debido a otros motivos de la Convención”, dice ACNUR.

Personas relacionadas a los perfiles de riesgo anteriores
Tanto los familiares, miembros del hogar, dependientes o empleados de las personas que han sido comprendidas en esos perfiles también podrían necesitar protección debido a su relación o asociación con estas personas.