En una decisión si precedentes en Argentina, un juez ha autorizado a una mujer y su hijastra a casarse, luego de declarar inconstitucional un artículo del código civil que prohíbe las uniones por parentesco, según publica el diario español El País.
Ambas mujeres se habían presentado el pasado 7 de noviembre al Registro Civil en la ciudad de Rosario, al noroeste de Buenos Aires para solicitar el matrimonio amparadas en una ley argentina de matrimonio igualitario que permite las uniones legales entre personas del mismo sexo desde 2010.
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Pero la pareja se topó con el artículo 403 del Código Civil que impide el matrimonio entre parientes y el Registro Civil aplicó esta normativa.
Tras una demanda de inconstitucionalidad, el juez Ricardo Dutto les resolvió ilegal el referido artículo y autorizó el matrimonio argumentando que "la Constitución Nacional garantiza implícitamente a todo ciudadano su derecho a procurar su propia felicidad, lo que conlleva el derecho a ser tratado dignamente por las leyes en todas las dimensiones de la vida, entre las que cabe el matrimonio".
La historia comenzó en 1999 cuando un viudo volvió a casarse con una joven, pero la relación duró apenas un año al morir el hombre. Pero la viuda y la hijastra se volvieron amigas y luego se enamoraron.
Ambas mujeres tienen casi la misma edad (32 y 33 años)