Sala de lo Constitucional juzga si fue legal elección de magistrados del TSE

El recurso de inconstitucionalidad, presentado en 2016, es uno de los 13 que, en materia electoral, tiene bajo análisis el máximo Tribunal de Justicia. 

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Foto Por EDH/Iris Lima

Por José Zometa/Rafael Mendoza López

2016-12-04 10:00:00

La legalidad de la elección de los magistrados del Tribunal Supremo Electoral está bajo la lupa de la Sala de lo Constitucional, al igual que  otros 12  recursos contra el Código Electoral y la Ley de Partidos Políticos, que podrían tener incidencia en los próximos comicios.

La Sala analiza si la Asamblea Legislativa ha cumplido los requisitos para el nombramiento de los magistrados del TSE, entre ellos que no tengan relación con partidos políticos, informaron fuentes del máximo tribunal. 

En 2014, la Asamblea nombró como magistrados del TSE a Julio Olivo Granadino, a propuesta del FMLN; Fernando Argüello Téllez, por ARENA; Ana Guadalupe Medina Linares, por la coalición Unidad, y a Jesús Ulises Rivas Sánchez y Miguel Ángel Cardoza, ambos propuestos por la CSJ.    

La Sala declaró inconstitucional, a mediados de 2014, la elección del exmagistrado presidente del TSE, Eugenio Chicas por ser militante del FMLN, y ordenó a la Asamblea elegir a los funcionarios públicos que no tengan filiación partidaria. 

Otros recursos

También están en estudio de la Sala de lo Constitucional varias demandas de inconstitucionalidad en esa materia, que podrían incidir aún más el sistema político del país.

El voto por rostro de los diputados de la Asamblea Legislativa y el voto cruzado, así como la participación de candidatos no partidarios en la elección para legislativas, son solo algunas de las novedades introducidas al sistema electoral salvadoreño y que han implicado reformas al Código Electoral (CE) y a la misma Ley de Partidos Políticos (LPP), que apenas está por cumplir cuatro años de vigencia (ver recuadro).

Pero la ciudadanía se ha activado en interponer recursos de inconstitucionalidad en un intento por que la Sala corrija las fallas que aún persisten en el sistema electoral y que violan principios constitucionales.

Por ejemplo, el que un partido político requiera no menos de 50 mil ciudadanos que respalden su inscripción ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), es una de las demandas en análisis de La Sala de lo Constitucional.

En este punto el artículo 7 de la Ley de Partidos Políticos señala que el TSE autorizará al partido en proceso de inscripción, realizar proselitismo “con el objeto de reunir el número requerido de ciudadanos y ciudadanas que respalden la inscripción del partido”.

Sobre esa misma situación la Sala de lo Constitucional tiene en sus manos tres recursos de inconstitucionalidad en estudio.

Otra demanda importante tiene que ver con la Ley de Acceso a la Información Pública, en el sentido que si la LPP establece como información confidencial lo relativo a sus miembros afiliados y de los donantes de los partidos políticos.

En este último punto, la Asamblea Legislativa aún no cumple con la sentencia de la Sala de lo Constitucional de agosto de 2014 que ordena que se transparente el origen y financiamiento de los partidos políticos.

A pesar de que le ordenó a la Asamblea que en un plazo de dos meses a partir del fallo, hiciera las adecuaciones pertinentes en la Ley, los diputados hasta la fecha no lo han hecho.

Transfuguismo en concejos

Los magistrados de la Sala de lo Constitucional también estudiando un recurso contra el transfuguismo de los miembros de los concejos, es decir, miembros de un partido que se pasan a otro en el seno de los gobiernos edilicios.

En este caso el Código Electoral no ha determinado nada al respecto; es decir, hay una omisión total.

Actualmente los concejos son plurales, es decir, que están formados por miembros de varios partidos.

Voto por rostro para alcaldes y concejales

Otro demandante que acudió a la Sala en 2015 pide que se determine si el voto por rostro es aplicable a los concejos.

Tras una sentencia de la Sala que desbloqueó la listas, a partir de las elecciones de 2012 los ciudadanos ahora pueden marcar la fotografía del candidato de su preferencia.

Lo anterior no ocurre cuando se trata de elegir a los alcaldes y sus Concejos, pues los salvadoreños siguen marcando por la bandera partidaria.

Ese asunto también es objeto de estudio por parte de la Corte Suprema de Justicia y no sería remoto que en las elecciones para diputados y alcaldes de 2018, los ciudadanos tengan por primera vez esa opción de poder marcar por la fotografía de los concejales de su predilección.

En otra demanda de inconstitucionalidad que data del 2015 se pide a la Sala de lo Constitucional que verifique si exigir afiliación partidaria a los candidatos a miembros de los concejos  contraviene las disposiciones constitucionales, con miras de dar vía libre a los candidatos a concejales no partidarios.