El Juzgado Primero de lo Civil de Soyapango encontró culpable a la escuela de aviación y a su propietario Carlos Dárdano por el accidente aéreo del 11 de julio de 2012, en el que murieron dos alumnos y un instructor.
Asimismo condenó a Dárdano a pagar una indemnización económica de más de 645 mil dólares a los padres de los dos alumnos por los daños y perjuicios morales y materiales ocasionados.
A juicio del juzgador, hubo negligencia del propietario y de la empresa, al no haber previsto y resuelto las fallas que provocaron el percance.
Los jóvenes: Rodrigo José Calles y José Antonio Martínez, querían ser como sus padres: pilotos comerciales, el día del accidente, iniciaban su primer lección del segundo curso con avión bimotor. Con anterioridad habían ganado ya el primer curso.
LEE TAMBIÉN: Defensa pide a juez rechazar demanda en accidente aéreo
Por el segundo curso que recién empezaban las víctimas, sus padres habían pagado 40 mil dólares por alumno.
Pero el anhelo de los jóvenes y el esfuerzo de sus padres en menos de siete minutos de despegue de la pista aérea de Ilopango, se habían convertido en cenizas al caer la avioneta en la que sobre volaban en un barranco de la colonia el Pepeto III, en Soyapango.
El mal armado o instalación de una válvula selectora de combustible luego de realizar trabajos de tapicería en el interior de la aeronave, dieron al traste con las aspiraciones de aquellas familias.
La principal causa de la tragedia no surgió de la nada, partió de una rigurosa investigación realizada por expertos del Buró Federal de Investigaciones (FBI), la Administración Federal de Aviación (FAA) y la Junta Nacional de Seguridad en el Transporte (NTSB) organismos de investigación de Estados Unidos.
Para resolver el caso el Juzgado Primero de lo Civil contó con las declaraciones de peritos forenses y técnicos oficiales y privados ofrecidos por las partes.
Psiquiatras forenses confirmaron que la muerte de un hijo causa dolor y daño irreparable a los padres de las víctimas que un tratamiento solo puede ayudar a sobreponerse y llevar una vida normal pero sin olvidar aquel pesar.
Dárdano en su declaración negó haber provocado el accidente ni hubo negligencia para que eso sucediera “yo no maté a sus hijos, la perdida de un hijo no se lo deseo a nadie”.
Dijo que la aeronave no estaba en mal estado e incluso Chepe Toño llegaba a la escuela a ver el progreso de su hijo, “nunca se expresó mal”. Agregó que la avioneta accidentada era su preferida para viajar a Centroamérica.
Asimismo, el juez se basó en el informe final de la avioneta, matrícula YS-125PE, que expertos estadounidenses realizaron en coordinación con la Autoridad de Aviación Civil de El Salvador (AAC) y de la Cooperación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea, (COCESNA) y la Agencia Centroamericana para la Seguridad Aeronáutica (ACSA).
La defensa de Dárdano también propuso al perito René Calderón, quien en su intervención intentó desvirtuar los resultados de la investigación de especialistas estadounidenses.
El experto quien dijo tener 30 años de experiencia en trabajo de mecánica de aviación, afirmó que había incongruencia en lo dicho por el capitán de la nave accidentada, al informar a la torre de control, que la aeronave contaba con los tanques llenos de combustible suficiente para sobre volar dos horas y media, pero en otra ocasión indicaba que el máximo de vuelo era de cuatro horas.
Calderón negó que las válvula selectora de combustible estuviera en Off (apagado) en vez de On (encendido) por un error, lo que hizo que la avioneta despegara con las reservas que tenía en el sistema pero cuando requirió un mayor flujo y la válvula de paso estaba cerrada, la avioneta cayó al barranco en Soyapango, tal y como concluyeron los expertos estadounidenses.
Entre tanto el defensor, Oscar Sánchez Montiel, sostuvo que el informe de accidente aéreo preparado por el capitán Miguel Pacheco, un investigador a cargo de ACSA - Cocesna y aprobado por el general Manuel Cáceres, director de esos organismos, no era un documento judicializado como para ser prueba de los hechos que ocasionaron el percance del 11 de julio de 2012.
Además que dichos representantes no estuvieron en la audiencia para explicar cómo se realizó la investigación, el método empleado para llegar a los resultados.
LEE TAMBIÉN: Exigen 4 Mlls. de dólares a escuela de aviación por muerte de dos estudiantes
Sánchez Montiel cuestionó que el informe no era de la Autoridad de Aviación Civil de El Salvador, entidad competente para darle confianza y credibilidad a dicho documento.
Pero el juez en su resolución afirmó que el informe en el que se detallan cada una de las fallas cometidas estaba respaldado por la Autoridad de Aviación de El Salvador y era prueba de la tragedia aérea.
Aclaró que ni la defensa de los acusadores demostraron si el informe era público o privado para su valor legal; sin embargo, el mismo es un documento público, que en ningún momento, la defensa cuestionó y demostró si no era un documento real.
Aunque los abogados acusadores demandaron más de 4 millones a Dárdano en concepto de indemnización por daños materiales y morales ocasionados a los padres de las víctimas, el juez dijo que no había documentos que fundamentaran las exigencias por lo que de acuerdo con las leyes y convenios internacionales, se condenaba al acusado a cancelar 322 mil dólares a cada padre, más los intereses devengados desde 2012 a enero de 2013 en que demandó al propietario de la aeronave.