La Ley de Responsabilidad Fiscal que los diputados aprobaron el jueves en la plenaria tiene propósitos concretos que buscan ordenar el endeudamiento, el déficit fiscal y los gastos anuales del Estado conforme a los ingresos y metas fiscales que la misma ley contiene.
En la normativa se establecen los parámetros generales así: reglas que pongan límite al déficit y al endeudamiento público; diseñar presupuestos que sean congruentes con las metas establecidas en dicha ley sin dejar de lado el financiamiento para los programas sociales; y la obligación del gobierno de ser más transparente y hacer rendiciones de cuentas periódicas.
Los principios generales sobre los que se basan estas primicias es reducir en un 3% el déficit fiscal con relación al Producto Interno Bruto (PIB) en un periodo de tres años y posteriormente mantenerlo estable como una meta de largo plazo.
Entre las expectativas de mediano plazo se menciona que los gastos deben diseñarse con una proyección macroeconómica y planes pensados a cinco años.
Todas las instituciones estarán obligadas a dar informes financieros semestrales de la ejecución de sus presupuestos anuales asignados, teniendo como objetivo la sanidad fiscal y sostenibilidad social.
El marco fiscal especifica que se deben establecer las metas y los límites de los principales indicadores de política fiscal a ser alcanzados en los próximos 10 años.
Debe contener proyecciones de ingresos, gastos fiscales y flujos de deuda y programas de proyectos de inversión pública, incluyendo su fuente de financiamiento.
Además, debe incluir el informe detallado de todos los subsidios, indicando su monto, costo de administración y fuente de financiamiento, así como una evaluación de impacto socio-económico y sus contribuciones en la equidad. Este deberá ser presentado seis meses antes de finalizar cada periodo presidencial.
Después del periodo de consolidación fiscal, en los siguientes siete años se deberá garantizar una adecuada sostenibilidad en el largo plazo, en donde el “ratio de la deuda del Sector Público no Financiero no deberá ser mayor al 45%, y la deuda con pensiones no podrá superar el 65% del PIB, después del periodo de ajuste”.