El Juzgado Segundo de lo Laboral declaró ilegal la huelga realizada por miembros de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Hospital Bloom (SITHBLOOM).
La medida del paro parcial tomada desde ayer por los sindicatos de Salud se debe a la demanda del pago del escalafón, para lo que exigen sea para todos, y no de forma parcial.
La resolución se basa en el artículo 221 de la Constitución de la República que establece que la manifestación sindical tiene un límite cuando repercute en los servicios públicos esenciales para la población, que en este caso, los afectados son los niños.
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La decisión también se basó en una sentencia emitida por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que señala “que por respetables que fuesen los intereses particulares no puede prevalecer sobre el interés general representado por el servicio público”.
Por otra parte, el juzgado ordena a los sindicalistas a presentarse a laborar un día después que reciban la notificación.