Sala corrige arbitrariedad en el uso de licencias para salir del país

En los últimos años los presidentes solo acuden una vez por año a la Asamblea Legislativa, que es la que le otorga el permiso para poder hacer los viajes al extranjero

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2016-09-01 10:00:00

En la resolución, el máximo tribunal del país también deja claro que el Presidente de la República, cada vez que salga del país, deberá ir a la Asamblea Legislativa a solicitar permiso y ratificar de forma personal la petición.

Esto incluye los viajes personales ya que, según la Sala de lo Constitucional, se debe contar con información que lo respalde, para impedir que se produzca una especie de “abandono de funciones” cuando los viajes al exterior son frecuentes por razones de trabajo.

“ El Presidente debe comunicar a la Asamblea Legislativa, con antelación, su decisión de ausentarse del país y explicar los motivos de su salida, que podrían ser el cumplimiento de una misión oficial o un viaje de carácter privado”, dice la resolución.

Según el articulo 158 de la Constitución de la República, se le prohibe al Presidente salir del territorio nacional sin autorización de la Asamblea Legislativa. 

Sin embargo, en los últimos años los presidentes solo acuden una vez por año a la Asamblea Legislativa, que es la que le otorga el permiso para poder hacer los viajes al extranjero.

“La Sala de lo Constitucional estableció la forma correcta en que se debe interpretar el artículo 158 de la Constitución en relación al control de los viajes presidenciales, a fin de evitar la arbitrariedad en el uso de las licencias”, dice la Sala, a través de un comunicado.