TEG multa a Bukele por contratar a su hermano

Alcalde de San Salvador deberá pagar $2,517 por violar la Ley de ??tica Gubernamental.

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En la primera sesión de Concejo, Yamil Bukele, hermano del edil, fue nombrado como director del Instituto de Deportes y Recreación (Imder).

Por Juan José Morales

2016-09-07 9:39:00

El Tribunal de Ética Gubernamental (TEG) multó con 10 salarios mínimos del sector comercio al alcalde de San Salvador, Nayib Bukele, por nombrar en 2015 a su hermano como presidente del Instituto Municipal de Deportes y Recreación (Imder), una entidad adscrita de la comuna capitalina.

De acuerdo con la resolución emitida por el Tribunal, el edil violó el artículo 6, literal H, de la Ley de Ética Gubernamental al nombrar a Yamil Bukele para dirigir esta dependencia de la alcaldía. Por ello pagará un estimado de $2,517 en concepto de multa, calculada según la tabla actualizada de salarios del Ministerio de Trabajo.

“El edil transgredió la prohibición ética de nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, excepto los casos permitidos por la ley”, confirmó el TEG, a través de un comunicado.

La resolución cita que en dicho artículo se advierte a los servidores públicos colocarse en una situación de exista un conflicto de interés, algo que para el TEG se presenta en este caso a pesar que Bukele defendió en varias ocasiones el nombramiento de su hermano bajo el argumento de que sería un cargo “ad honorem”.

“En el ámbito del ingreso al empleo público no sólo se encuentra proscrito para los servidores públicos la intervención en procesos de selección y contratación de sus parientes y socios para desempeñar cargos que sean remunerados, sino también para aquellos que se ejerzan ad honorem”, puntualiza el Tribunal.

Señala, además, que la ley ordena a los funcionarios no exponerse a conflictos de interés y no poner en manos de personas afiliadas por consanguinidad asuntos de la función pública. 

“Nombrar, contratar, delegar, ascender a un pariente en esos grados de parentesco para que desempeñe un cargo, aunque no devengue ninguna remuneración, es una conducta contraria al interés público”, plantea el TEG.

Sobre esta resolución del Tribunal, Nayib Bukele dijo, a través de su cuenta de Twitter que no comparte la decisión del TEG pero aseguró que la acatará.

“Aunque no comparto la resolución del TEG, que sanciona gente que trabaja sin cobrar y absuelve a los que cobran sin trabajar, toca acatarla”, respondió Bukele a través de esta red social.

Hay que recordar que según una auditoría de la Corte de Cuentas de la República (CCR) la decisión de Bukele de contratar a  su hermano para que dirigiera el Imder “fue ilegal”.

“Existe el riesgo de que la  persona delegada responda a intereses particulares y no al  interés público requerido por las funciones inherentes al cargo en el que ha sido nombrado,  la decisión  contradice lo establecido en el artículo 50 del Código Municipal, en el que dice a quién puede delegar el alcalde determinadas funciones”, indica la auditoría de la Corte.

 El primer día de su mandato, Nayib Bukele designó, además de su hermano Yamil en el Imder, a su primo Hassan Bukele como secretario municipal y a su cuñada Arena Ortega como jefa de la Unidad de Cooperación Externa de la comuna.

Sobre estos dos últimos el TEG no se ha pronunciado.