Exdiputada del FMLN justificó aval a la Ley de Amnistía

En 2013, Lourdes Palacios alegó ante la Sala de lo Constitucional que la ley era necesaria tras la guerra. 

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Lourdes Palacios, plenaria, Asamblea Legislativa.

/ Foto Por EDH

Por El Diario de Hoy

2016-08-07 9:00:00

La entonces diputada del FMLN y secretaria de la  directiva de la Asamblea Legislativa, Lourdes Palacios, justificó ante la Sala de lo Constitucional la aprobación de la Ley de Amnistía de 1993, la misma que su partido había cuestionado e intentado abrogar reiteradamente.

La Sala terminó declarando inconstitucional la Ley de Amnistía a mediados de julio.

Pero en 2013, actuando como secretaria de la directiva, Palacios firmó  el escrito que la Asamblea envió a la Sala de lo Constitucional, luego de que dicho tribunal le pidiera dentro del proceso de inconstitucionalidad que expusiera las razones por las que dicho cuerpo de ley fue aprobado por el Congreso.

En la misiva de tres páginas, la diputada explica que en 1993 los diputados en aquel momento vieron la Ley de Amnistía necesaria para la consolidación de la paz. 

“El legislador de esa época consideró conveniente y así lo estableció en la ley que la única forma de poner fin al odio, al sufrimiento, actitudes confrontativas, es a través de la concesión de una amnistía general, inmediata, en favor de todas las personas, que de una u otra forma se vieron involucrados en la comisión de hechos violentos”, advertía el escrito. 

A la vez, el Congreso argumentó que la aprobación de dicha normativa fue aprobada por los legisladores “en cumplimiento de sus atribuciones y facultades constitucionales establecidas en el artículo 131 de la Constitución de la República”.

Más adelante, la Asamblea continuó con su argumentación afirmando que la aprobación de la ley estaba bien justificada en vista de que la misma fue discutida ampliamente antes de ser sometida a votación, tal como lo establece el artículo 135 de la Carta Magna, adujeron.

“En ese sentido, la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz, aunque no fue sometida a un proceso de consulta y discusión nacional, sí gozó de la aprobación de los partidos políticos representados en la Asamblea Legislativa en ese momento histórico”, sostuvo el Congreso en el escrito que envió a la Sala. 

Alegaban urgencia

La diputada también sostiene que el proyecto debía ser aprobado con urgencia, en vista de que el momento que se vivía así lo exigía. La normativa fue aprobada con dispensa de trámites, es decir sin que pasara por el análisis de la comisión respectiva. 

“En consecuencia, es históricamente conocida la urgencia que este proyecto de decreto fuera aprobado de forma expedita, con acatamiento establecida por la normativa en comento”, aseguraron y agregaron que todos los requisitos fueron cumplidos para su aprobación. 

Pero la argumentación de la Asamblea en ese momento no dista mucho de la que mantuvo cuando la Ley de Amnistía fue declarada inconstitucional por la Sala de lo Constitucional hace cuatro semanas. Los legisladores consideraron que el caso vendría a abrir “viejas heridas” y responsabilizaron a la Sala de que en el país se iniciaría una “cacería de brujas”.

Una lluvia de argumentaciones surgió tanto de la bancada oficialista como en las de la oposición. Al final, los partidos consideraron que sí era posible reparar los daños, pero que los casos no se trataran penalmente. 

Algunas bancadas como la de ARENA aseguraron que al derogar la Ley de Amnistía podrían suceder cosas tan graves como que el país se quedara sin presidente y sin gabinete de gobierno. 

Otros dijeron que, ante la cantidad de trabajo que tiene la Fiscalía General de la República, era difícil que los casos de delitos de lesa humanidad cometidos durante el conflicto armado pudieran ser investigados a fondo.

Algunos diputados exmilitares como Antonio Almendáriz, del PCN, y Mauricio Vargas, de ARENA, empero, opinaron que la resolución de la Sala, si bien les deja expuestos, les da la oportunidad de que puedan ser oídos y vencidos en juicio.

Opiniones aparte, la mayoría de las bancadas legislativas coincidieron en que el fallo debe cumplirse.  

También el presidente Salvador Sánchez Cerén arremetió contra el fallo y hasta consideró que “afecta la institucionalidad” del país y que lejos de ayudar a solventar los problemas que afronta la nación, los agudiza.

Esas palabras contrastaron con los argumentos que suscribió la efemelenista Lourdes Palacios y con lo que él expresó años atrás cuando era diputado de la Asamblea Legislativa por el FMLN. Sánchez Cerén pidió que se derogara la Ley de Amnistía, aprobada en 1993 tras la firma de los Acuerdos de Paz, en enero de 1992.

“La Ley de Amnistía viola el derecho de acceso a la justicia, de ciertos casos que no se han querido verificar aquí en el país”, argumentó el ahora presidente Sánchez Cerén ante el pleno de la Asamblea Legislativa de aquella época cuando fungía como diputado entre 2000 y 2009.

El actual mandatario promovió como diputado la derogatoria de la citada normativa que congeló cualquier investigación sobre los crímenes de guerra cometidos por el Estado y por la guerrilla del FMLN durante el conflicto bélico de los años 80.

“Solicitando a esta Asamblea, se analice, se estudie la derogatoria de esa Ley de Amnistía”, pedía Sánchez Cerén, según un vídeo que recogió sus palabras en aquella sesión plenaria de hace 10 años cuando era legislador del FMLN.

El fallo

En su resolución, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema consideró que la amnistía para los que participaron en la guerra de la década de los 80 ya no sería total. 

En sus argumentos, la Sala señaló que existen al menos 30 casos de crímenes de lesa humanidad contenidos en el informe de la denominada Comisión de la Verdad que en lo sucesivo podrán ser perseguidos penalmente.

“Para los  efectos  de  esta  sentencia,  se  entenderá  que  los  hechos  que  quedan  excluidos  de la amnistía son los atribuidos a ambas partes, que  puedan  ser  calificados  como  crímenes  de  lesa  humanidad  y crímenes  de  guerra constitutivos  de  graves  violaciones  al  Derecho  Internacional  Humanitario”, advirtió la Sala en un comunicado emitido el 13 de julio pasado. 

La resolución fue firmada por los magistrados de la Sala Florentín Meléndez, Sidney Blanco, Rodolfo González y Eliseo Ortiz. Belarmino Jaime razonó su voto. 

La argumentación central de los magistrados fue que  consideraron inconstitucional la citada Ley de Amnistía por la violación a los artículos 2 incisos 1 y 3, y 144 inciso 2° de la Constitución, en relación con los artículos 1.1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), el 2.2 del Pacto Internacional de  Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y el 4 del Protocolo II de 1977 adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados sin Carácter Internacional.

El fallo fue emitido junto con otros relacionados al cobro adicional del 13% a la energía que anunció el gobierno que entraría en vigencia el mes pasado y la emisión de $900 millones en bonos, cuya aprobación fue declarada ilegal por haberla hecho mediante un proceso irregular.