Siete médicos del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) demandaron ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) al director de la institución, Ricardo Cea.
La demanda de amparo, que fue admitida el 20 de julio por la Sala de lo Constitucional, establecía que los médicos recibieron trato desigualitario, ya que la dirección decidió no incluirlos en la entrega del complemento de la nivelación salarial.
Durante el 2013, en el período final de la gestión de Leonel Flores, el tema de la nivelación salarial fue la causa de una disputa sostenida entre los médicos y las autoridades del Seguro Social.
Luego de una serie de protestas, que culminaron en un paro de labores y negociaciones infructuosas en varias ocasiones, se acordó una nivelación salarial para los 1,960 médicos del ISSS, con base a un monto de $4 millones.
El aumento que recibiría cada trabajador sería según su nivel de especialización.
También se determinó que la nivelación salarial se entregaría en dos partes, la primera se dio en enero de 2014.
Pero para la siguiente entrega, en enero de 2015, con Cea ya al frente de la autónoma, unos 100 médicos fueron excluidos y no recibieron el complemento.
La secretaria del Sindicato de Médicos Trabajadores del ISSS (Simetrisss), Claudia Olano, expuso que para la primera entrega habían acordado que las jefaturas administrativas serían niveladas por la patronal, mientras que todos los médicos operativos y jefaturas operativas iban a ser niveladas con lo que el sindicato había pactado.
En cambio, para la entrega complementaria no hubo ninguna restricción o exclusión. “Pero el director Cea sacó un montón de gente operativa sin justificación”, declaró Olano. La exclusión fue denunciada en marzo del año pasado. Posteriormente, el entonces director de Salud, Benjamín Coello, dijo que eran 67 los que no recibieron el beneficio, pero que a 17 de ellos “se les está separando funciones”, para que pudieran entregárselo.
Para los otros 50 no habría entrega del complemento ya que sus salarios ya eran elevados, justificó Coello. La cifra actual es de 47.
En la notificación de la resolución de la Sala de lo Constitucional también se cita un argumento similar que habría sido expuesto por Cea, en la nota de fecha 22-IX-2015.
En el mencionado documento, el titular de la autónoma aseguró que el Consejo Directivo del ISSS le facultó para que pudiese aplicar otros criterios, siempre y cuando respetara el monto a entregar.
Y dijo que los médicos que no recibirían el complemento “(…) obtuvieron el salario que ostentan como una muestra de confianza de otras administraciones más que por un concurso de capacidades técnicas profesionales (…)”.
En su demanda, el apoderado legal de los médicos sostuvo que Cea se extralimitó en su actuar, ya que el Consejo Directivo del ISSS no le dio las atribuciones para poder restringir los efectos de la aplicación de un beneficio laboral que ya había sido aprobado para todos.
“En el acuerdo de Consejo Directivo no se estableció restricción, condición, limitante ni ningún otro criterio para la aplicación general del referido beneficio”, expresó el abogado a la Sala.
Ricardo Minero, uno de los trabajadores afectados que interpuso la demanda, fue jefe del departamento de Auditoría Médica hasta agosto de 2009 y actualmente labora en la Consulta Externa de la Unidad Médica de Soyapango.
El especialista señaló que, en primera instancia, el acuerdo de nivelación era generalizado, sin excepción alguna. Además expresó que para lograr el cargo de jefatura participó en un concurso en el que compitió con cinco colegas más, no fue un puesto que obtuvo por confianza.
“Los afectados son los que tuvimos puestos administrativos en las anteriores gestiones”, indicó Minero.
El subdirector del ISSS, Milton Escobar, expresó hoy que, con base a una valoración jurídica, decidieron no incluir en el complemento a ese grupo de trabajadores porque sus “salarios ya estaban sobrevalorados”, es decir que estuvieron en puestos importantes y volvieron a puestos de menor jerarquía.
“El sindicato de médicos había pedido una nivelación salarial, pero como ellos ya estaban sobrevalorados entonces a juicio de la administración ya no calificaba el aumento para ellos”, dijo Escobar.
El contrato colectivo del ISSS no permite que haya una disminución salarial aunque la persona sea trasladada a un puesto de menor jerarquía.
Minero consideró que en la decisión de Cea hubo un sesgo político ya que establecieron como “sobrevalorados” solo a los que tuvieron un puesto de jefatura en gestiones anteriores. Olano coincidió en que no ha habido una justificación aceptable.
La Sala dio 24 horas a Cea para expresar si es cierta o no la omisión que se le atribuye, a partir de la notificación el 23 julio de 2016. Escobar dijo que estarán pendientes de la resolución final y que acatarán si la Sala les ordena entregarles la nivelación salarial.