Sala ha reiterado que suplentes no gozan de fuero constitucional

Los magistrados constitucionalistas consideraron en esa oportunidad que los suplentes no son titulares de los derechos de los propietarios.  

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La Sala de lo Constitucional declaró en junio de 2013 que los diputados suplentes no gozan de inmunidad constitucional, a menos que estén fungiendo en la plenaria.    

/ Foto Por Archivo

Por David Marroquín

2016-07-23 9:26:00

En junio del 2013, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió que los diputados suplentes de la Asamblea Legislativa no pueden gozar de fuero constitucional cuando no están ejerciendo. Un año después, el 25 de septiembre del 2014 , la Sala de lo Constitucional reiteró que los diputados suplentes no pueden gozar de inmunidad constitucional, luego de negarle la libertad al diputado suplente Wilver Rivera Monge, quien recién había sido detenido por la Policía en cumplimiento a una orden de la Fiscalía General por el delito de lavado de dinero.

Los magistrados acordaron establecer que los suplentes no tienen fuero más que cuando sustituyan a su propietario y que la resolución era de “obligatorio cumplimiento por cualquier autoridad”, al resolver un recurso de exhibición personal o habeas corpus a favor de Rivera Monge.

En la petición, los abogados que solicitaron la exhibición personal a favor de Rivera Monge, argumentaron que el entonces fiscal general Luis Martínez  ordenó la detención  del diputado suplente sin haber realizado el procedimiento de antejuicio por la Asamblea Legislativa.

En ese sentido, los abogados consideraron que la Fiscalía había “vulnerado la libertad física” de Rivera Monge al ordenar su detención administrativa sin realizar antes el trámite de antejuicio dispuesto en la Constitución, lo cual formaría parte de las prerrogativas que gozaba como diputado suplente.

También demandaron que la Sala de lo Constitucional les aclarara si a los parlamentarios suplentes les asiste el fuero o inmunidad.

La Sala de lo Constitucional en su resolución señaló en esa ocasión que “se concluye  que el señor Rivera Monge es diputado suplente y no se ha manifestado que las conductas por las cuales se le procesa están vinculadas con su trabajo parlamentario… no es titular de la prerrogativa del antejuicio y el hábeas corpus, por lo tanto, es improcedente (la petición de libertad)”,

Además los magistrados constitucionalistas argumentan que “la inmunidad parlamentaria conforme a la cual debe seguirse un trámite previo en la Asamblea Legislativa, para enjuiciar penalmente a un diputado, es una prerrogativa atribuida a los propietarios-no así a sus suplentes, cuando ellos no estén llamados a conformar Asamblea…”.

Agregaron en esa oportunidad que “los diputados suplentes, mientras no hayan sido llamados a formar Asamblea y ejercer la diputación, no son titulares de los derechos, prerrogativas y atribuciones inherentes a la condición de parlamentarios”.

El 27 de julio del 2014, la Fiscalía General pidió a la Asamblea Legislativa que le quitara el fuero a Rivera Monge para que fuera procesado en los tribunales comunes por lavado de dinero.   Sin embargo, el Ministerio Público acusó formalmente a Rivera Monge ante los tribunales de justicia tras conocerse una resolución del Tribunal Constitucional que le ponía límites al fuero de los diputados suplentes.  Junto a Rivera también el Ministerio Público ha procesado a Wilver Alexander Monge y Aremis Leonor Sifontes, hijo y esposa del exdiputado suplente.

Recientemente, la Sala de lo Constitucional emitió otra resolución que declara que los diputados suplentes no pueden ejercer como tales por “carecer de legitimación popular”.