Suspenden traslados de reos por un año

Es uno de los mecanismos transitorios para abonar a las medidas extremas de seguridad contra el crimen

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La mayoría de los internos han sido condenados por delitos graves.

/ Foto Por Jaime Anaya

Por Eugenia Velásquez

2016-05-13 8:50:00

Los diputados de la Comisión de Seguridad acordaron ayer reformas transitorias al sistema carcelario para suspender durante un año el traslado de reos cuando tienen que asistir a sus audiencias.

Según los legisladores, las condiciones de las prisiones son óptimas para que desde ahí se realicen las audiencias virtuales.

Para esto, los diputados modificaron el artículo 4 de las reformas a las “Disposiciones especiales y transitorias y extraordinarias en los centros penitenciarios, granjas penitenciarias, centros intermedios, y centros temporales de reclusión”.

El diputado Misael Mejía, del FMLN, explicó que en principio la disposición contemplaba un periodo de 90 días para la realización de audiencias virtuales pero que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a través de la Sala de lo Penal mocionó por que se reformara el artículo 4 para suspender los traslados durante un año.

Esto permitirá, según Mejía, que las adecuaciones que ya se hicieron en los centros penitenciarios para llevar a cabo las audiencias virtuales se aprovechen.

Los jueces incluso podrán trasladarse a los centros penitenciarios y los reos podrán tener acceso al vídeo de todo lo que se dijo en la audiencia a través de su abogado defensor.

“Las autoridades judiciales y del centro penitenciario garantizarán que el privado de libertad tenga acceso a la reproducción de copia videográfica de la audiencia o del acto procesal practicado dentro de las setenta y dos horas posteriores de su celebración, así como darle trámite a cualquier solicitud que respecto de dicha diligencia provenga de este o de su defensor”, reza parte de la reforma.

Agrega que en caso de las audiencias preliminares, las solicitudes serán resueltas por el Tribunal de Sentencia en los términos señalados en el artículo 366 del Código Procesal Penal. Esto contó con los votos de todos los partidos.