Sala rechaza declarar inconstitucional actual Ley de Pensiones

El FMLN había solicitado a la Corte Suprema de Justicia declararla inconstitucional.

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Foto Por Jaime Anaya

Por David Marroquín

2016-04-26 9:57:00

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó hoy la demanda presentada por cinco ciudadanos en contra de la aprobación inicial de la actual Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones (LESAP). Los argumentos que exponen los magistrados constitucionalistas es que los demandantes omitieron “los motivos en que se haga descansar la inconstitucionalidad expresada, citando los artículos pertinentes de la Constitución”.

Señala la resolución de la Sala que los demandantes argumentaron que la LESAP viola la Constitución porque infringe la legislación secundaria, en este caso, el Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa . Sin embargo, para los magistrados ese argumento debe de descartarse. 

Señalan que desde las resoluciones emitidas el 9 de enero del 2001 y 11 de febrero del 2004 se viene sosteniendo que, para determinar si existe violación a una disposición constitucional, “es inadecuado exponer la contradicción internormativa a partir de un artículo infraconstitucional, pues, de aceptarse tal razonamiento, tendría que reconocerse también que ésta sería la única o correcta manera de dearrollar el contenido de la Ley Suprema, conclusión inaceptable a partir de la idea de una comunidad abierta de intérpretes de la Constitución”.

Los demandantes señalaron en el recurso de inconstitucionalidad que la aprobación de la LESAP tenía vicios de forma, por cuanto se infringió el proceso de formación de la Ley, debido a que el dictamen favorable de aquella no fue aprobado con el número de diputados que el Reglamento interno de la Asamblea Legislativa requiere para predicar su validez. 

El rechazo a la demanda de inconstitucionalidad se da en los momentos en los que la Asamblea Legislativa discute el proyecto de reformas a la LESAP presentado por el Gobierno y que pretende crear el sistema mixto en la administración de los fondos de pensiones.