Reforma de pensiones sale a cazar viudas

Si el viudo o la viuda se casa de nuevo, pierde la pensión que le dejó su esposo o compañera. Si se jubila y vuelve  trabajar, también pierde su pensión.

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El proyecto de reforma a las pensiones propuesto por el Gobierno endurece los requisitos para optar a los beneficios previsionales por invalidez o sobre vivencia.

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Por Guadalupe Trigueros Fabeiro

2016-03-07 8:30:00

Ser viudo o viuda, esa es la cuestión. El proyecto de reforma a las pensiones propuesto por el Gobierno endurece los requisitos para optar a los beneficios previsionales por invalidez o sobre vivencia y retrocede 18 años obligando a los ciudadanos en estado de viudez a depender totalmente de la pensión de su compañero o compañera de vida.

Prácticamente, el viudo o la viuda puede perder la pensión que le heredó su compañero de vida al morir, en caso de que llegue a acompañarse.

También puede perder su pensión de vejez, si llega a conseguir otro empleo, porque se considera que el salario que recibe, es causal para no estar pensionado.

Incluso, ese viudo o viuda no puede recibir tampoco pensión de vejez y a la vez por viudez. No se estará permitido.

En resumen, para tener derecho a la pensión, ya sea por vejez o viudez, estas personas deben depender totalmente de dicha pensión, para no perderla.

No puede optar a un nuevo empleo, en caso de que aún pueda hacerlo, y tampoco puede volverse a casar o acompañar, en caso de enviudar.

Los efectos de la reforma

Estos son los otros efectos secundarios de la reforma a las pensiones, informó René Novellino, presidente de Asafondos, tras analizar el documento.

No ocurre lo mismo con el actual sistema, comparó, porque los cotizantes de las AFP sí tienen derecho a recibir sus pensiones por vejez y también por viudez, con las cotizaciones de sus esposos o esposas, en caso de que estos fallezcan.

Incluso, si el hijo de una señora fallece y no está casado, la beneficiaria es su madre y esta puede gozar de esa pensión, aunque se encuentre trabajando, aunque esté pensionada por vejez y aunque esté viuda y no es prohibido que tenga tres pensiones a la vez, explicó.

El decreto, recordó, asigna a las viudas el 50% de la pensión mínima que es de $207, es decir, una pensión de $103.50.  Esta viuda debe renunciar a una de las dos pensiones que pueda tener derecho, para quedarse sólo con una, la cual sería de $103.50 si elige quedarse con la de viuda.

Actualmente,  con el ISSS e INPEP,  las viudas  tienen que hacer una declaración de que no tienen nada con nadie.

“Si pudiera el ISSS o el INPEP comprobar que  esa persona tiene una relación de convivencia, es causal para que le quiten la pensión”, comentó Novellino, al ilustrar lo que podría suceder, si se retoma esta misma condición, con la vigencia de la reforma.

De manera general, la reforma establece que si usted gana en promedio dos salarios mínimos ($504 mensuales), su saldo desaparece de la AFP y se entrega totalmente al fondo común del Gobierno.

Si gana más de dos salarios mínimos, su saldo disminuye, según la cifra que usted gane. En caso de quedar cotizando al Gobierno, el trabajador deja de tener rentabilidad; quienes quedan con un porcentaje en las AFP, la rentabilidad es con base a lo poco que le queda en su cuenta, se informó.