Ante los altos índices de violencia y homicidios en el país, el Gobierno analiza el régimen de excepción.
Resumimos cinco puntos que debes saber al respecto:
1) Es una medida excepcional en casos de “guerra, invasión del territorio, rebelión, sedición, catástrofe, epidemia u otra calamidad general, o de graves perturbaciones del orden público”.
2) Está plasmado en el artículo 29 de la Constitución de la República y debe ser aprobado por la Asamblea Legislativa con 43 votos.
3) Implica la suspensión de derechos y garantías fundamentales, entre ellas: la libertad de entrar, de permanecer y salir del país; expresarse y difundir libremente sus pensamientos; asociarse o reunirse libremente; podrán interceptar y revisar correspondencia e interferir las telecomunicaciones, entre otros.
4) Las medidas se puede aplicar en todo El Salvador o en parte del país.
5) Las personas que sean detenidas en el marco de régimen de excepción no podrá exceder los 30 días.