Diputados deberán pagar por confiscar pensiones

La gremial insistió en que reforma de pensiones confisca ahorros de los trabajadores.

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Por Rodolfo Ortiz / negocios@eldiariodehoy.com

2016-03-29 8:32:00

Los diputados que aprueben el sistema mixto de pensiones tendrán que responder, de su propio bolsillo, por todos los ahorros que pierdan los trabajadores, según advirtió el presidente de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), Jorge Daboub.

El dirigente gremial insistió en que la reforma que propone el Gobierno en realidad hace una confiscación de los ahorros de pensiones. 

“Si pasan la ley, de acuerdo al salario mínimo de ahorita ellos se llevarían $4,500 millones… que lo pagan los 43 que levanten su mano para votar”, comentó Daboub durante una entrevista matinal en la cadena TCS el día de ayer.

Haciendo cuentas, Daboub dijo que los diputados que aprueben el sistema mixto podrían encontrarse con que deben devolver cada uno hasta $100 millones a los trabajadores. Algo que calificó como “trampa” que el FMLN ha puesto a los legisladores.

Y es que según el artículo 106 de la Constitución de la República, cuando un funcionario realiza una confiscación, debe pagar el daño causado con su patrimonio propio.

“Es responsabilidad patrimonial de ellos, no de la Asamblea Legislativa”, añadió el presidente de ANEP.

Un comentario similar hizo a El Diario de Hoy el abogado y experto en temas constitucionales, Francisco Bertrand Galindo. Él explicó que por ser una ley, la responsabilidad sería de varias personas, si se prueba que hay una confiscación.

Según Galindo, cuando se habla de confiscación normalmente se refiere a una acción arbitraria de un funcionario, pero en este caso si la ley es confiscatoria, los responsables serían todos los involucrados en su aprobación y aplicación.

“Si lo que pasa es que la ley es confiscatoria… claramente tendrían que ser los diputados. Pero además en el proceso de creación de ley hay una rúbrica del Presidente… todos ellos tendrían responsabilidad”, comentó el abogado.

También tendrían responsabilidad las personas que se encarguen de pasar los $4,500 millones de las cuentas individuales al fondo del Instituto Nacional de Pensiones (INP) que se cree tras la reforma.

Galindo añadió que sería un escenario complejo para definir a toda la cadena de responsables si se prueba el delito de confiscación.

Daboub además dijo en la entrevista que, según la Constitución, la responsabilidad por el delito de confiscación no termina. Así, si los diputados no pueden devolver el dinero a los trabajadores, tendrán que pagar sus cónyuges o hijos.

Sobre este punto Bertrand Galindo hizo una aclaración. Él mencionó que no es cierto que, por ejemplo, el hijo de un diputado tenga que responder con sus propios ingresos.

En este caso lo que ocurre es que los diputados no podrán dejar herencia, ya que el patrimonio heredable también esta sujeto a la responsabilidad por confiscación.

Daboub se apresuró a decir en televisión que sus declaraciones no tienen el objeto de alarmar o asustar a los legisladores, sino hacerles ver que el proyecto de reforma es peligroso para ellos. “Los estamos previniendo a ellos… quienes los han metido a ellos en esa trampa es el FMLN”, dijo.

Análisis legal

La reforma propuesta por el Gobierno contempla que los cotizantes actuales están obligados a entregar todo o parte de sus ahorros de pensiones. El dinero entraría a las arcas de un régimen de reparto administrado por el Instituto Nacional de Pensiones.

Según el proyecto de decreto, si la persona gana menos de dos salarios mínimos (unos $500) tendrá que entregar todos sus ahorros. Si su sueldo es de $1,000 perderá el 50 % de su cuenta.

Dicho traslado de ahorros es considerado una confiscación, no solo por la ANEP, sino por la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades).

El Departamento de Estudios Legales de Fusades publicó a principios de marzo un análisis del proyecto de reforma en el cual concluyó que se trata de una confiscación.

Según el razonamiento de la Fundación el decreto que llegó a la Asamblea Legislativa  quita a los trabajadores el derecho de propiedad sobre sus ahorros “trasladando los fondos a una institución del Estado… ofreciendo la expectativa de obtener una pensión que el Estado estaría obligado a pagar”.

El Departamento de Estudios Legales señaló que para declarar inconstitucional la intervención en un derecho de propiedad, como en las cuentas individuales, se analiza si esta acción tiene un fin legítimo. Luego se valora si es útil, necesaria y proporcional (o justificada).

Pero el análisis que Fusades hizo al decreto al artículo 232-T de la reforma, el que establece el traslado de ahorros, revela que no se cumple ninguno de estos criterios jurídicos.

La organización consideró que con la información que han hecho pública los funcionarios relacionados a la reforma no es posible justificar que sacar ahorros de las cuentas individuales es necesario para asegurar una pensión a los cotizantes.

“El Gobierno no ha discutido de manera transparente la reforma y por ello no se conoce si ha buscado alternativas para cubrir su iliquidez, por ejemplo, mediante reformas estructurales del gasto público que no afecten derechos constitucionales”, destacó el análisis.

ANEP y Fusades han explicado que el sistema mixto está más encaminado a resolver una falta de liquidez en las finanzas públicas que a mejorar las pensiones.