Siete reflexiones sobre las declaraciones patrimoniales

Los salvadoreños debemos revisar nuestros niveles de tolerancia e indignación ante posibles hechos de corrupción, y entender, de una vez por todas, que la corrupción no distingue entre colores partidarios

descripción de la imagen

El agua es utilizada para preparar alimentos en el mercado de la ciudad

/ Foto Por Lucinda Quintanilla

Por José Miguel Arévalo Rengifo*

2015-08-27 6:20:00

Hace algunos días, pudimos conocer el contenido de las declaraciones patrimoniales de los expresidentes de la República, luego de que la Corte Suprema de Justicia, en cumplimiento a una resolución del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), ordenó a la Sección de Probidad que entregue versiones públicas de las declaraciones patrimoniales, de cualquier funcionario o exfuncionario, que sean solicitadas por los ciudadanos. De lo que observamos en estas declaraciones patrimoniales, podemos hacer las siguientes reflexiones:

1. Los expresidentes del país han gozado del mismo salario: $3,467.43 mensuales. Este debería de ser el salario máximo dentro de la función pública, siendo totalmente injustificable que otro funcionario devengue un mayor salario que el presidente de la República. En ese sentido, los $7,000 dólares mensuales que se destinan a quien ocupe el cargo de presidente de PROESA, por ejemplo, es un abuso para todos los salvadoreños que con nuestros impuestos pagamos mensualmente su salario y  se debe revisar al igual que muchos otros.

2. Todas las declaraciones dejan dudas razonables sobre su veracidad. En algunos casos, la Sección de Probidad ha buscado indagar más. Pero hemos tenido casos lamentables, como el de 2006, cuando el Jefe de la Sección de Probidad quiso investigar las cuentas bancarias del expresidente Flores y la Corte Suprema de Justicia le quitó la facultad de solicitar información protegida por el secreto bancario. Si bien la Corte le devolvió a la Sección de Probidad esta facultad en 2014, pudiera volverse a tomar un acuerdo como el de 2006, ante un panorama que les incomode. Por ello, es importante que la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia tenga, por ley, plenas facultades para investigar y verificar el contenido de las declaraciones patrimoniales.

3. En cuanto al expresidente Saca, declaró que había logrado acumular, a lo largo de sus 39 años de vida, activos por un monto de $4 millones de dólares. Durante los siguientes cinco años de su período presidencial, incrementó sus activos en $10.4 millones de dólares, tal como lo plasmó en su declaración patrimonial, al cesar del cargo. Ello no incluye el valor de su nueva residencia, ya que no aparece reflejada. Esto indica, al menos, una posible “presunción de enriquecimiento ilícito”, según la definición del Art. 240 de la Constitución. Sin embargo, a la fecha ni el Fiscal General de la República ni el Gobierno, han mostrado el mínimo interés de investigar, contrario a lo que ha ocurrido con otros casos.

4. La declaración del expresidente Funes no incluye, dentro de sus pasivos, el “préstamo/donación” de $3 millones que recibió durante su campaña presidencial. Esto se podría deberseS a lo que él mismo reveló públicamente, cuando manifestó que había buscado la manera de no pagar impuestos. 

5. En cuanto a las declaraciones patrimoniales que continúan pendientes (Cristiani y Calderón Sol), la sociedad tendrá también el derecho de conocerlas y hacer sus valoraciones. Sin embargo, cualquier intento de investigar una eventual presunción de enriquecimiento ilícito llegará muy tarde, ya que lastimosamente, nuestra Constitución establece un corto período de 10 años para que prescriba este delito. Este plazo se debería de revisar.

6. El poder conocer el contenido de las declaraciones patrimoniales evidencia, una vez más, cómo el derecho de libertad de expresión está íntimamente vinculado con el derecho de acceso a la información pública, ya que al estar al tanto de información de interés nacional, los ciudadanos podemos emitir opiniones y propiciar un debate, lo cual es sano y necesario en toda democracia. Lástima que el IAIP no es siempre así de coherente con sus resoluciones, y no nos quiere dar acceso a los gastos en publicidad y viajes de los expresidentes. 

7. Los funcionarios corruptos ahora tendrán más temor de presentar su declaración patrimonial, por lo que optarán por no hacerlo, ya que la Ley Sobre el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos establece multas de ?100 colones por no presentarla. Por ende, hoy más que nunca, es de urgencia nacional que la Asamblea Legislativa apruebe la nueva Ley de Probidad Pública, impulsada desde la sociedad civil, la cual establece sanciones más severas, aumenta los controles sobre el enriquecimiento y sobre los conflictos de interés, además de otorgar plenas facultades a la Sección de Probidad para investigar y sancionar a los funcionarios que incumplan con la ley.
Los salvadoreños debemos revisar nuestros niveles de tolerancia e indignación ante posibles hechos de corrupción, y entender, de una vez por todas, que la corrupción no distingue entre colores partidarios, por lo que nuestra lucha en contra de ella tampoco debe hacerlo. Basta de dividirnos sobre quién se podría haber robado nuestro dinero, dejemos la polarización para los fanáticos.
 

*Abogado.
@Arévalo_Rengifo