Sala reprende a Procurador de los DD. HH. por intervenir

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Ministros y funcionarios dieron público respaldo la fórmula del FMLN. Ahora ya no podrán. Foto EDH

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2014-02-28 7:00:00

La Sala de lo Constitucional le advirtió al Procurador de Derechos Humanos, David Morales, que se abstenga de “sustituir o revisar” las decisiones de ese Tribunal sobre los derechos constitucionales, porque atenta contra la independencia judicial y la separación de poderes.

El titular de la PDDH le envió una resolución a la Sala, en la cual manifestó que una prohibición que ese tribunal emitió previamente restringe derechos políticos y la libertad de expresión de los empleados públicos.

El funcionario también alegó que “no se atendió los estándares internacionales de derechos humanos en relación con la restricción de los derechos fundamentales mencionados”.

Pero los magistrados le recuerdan que “quien tiene la última palabra en cuanto a la violación o no de los derechos fundamentales en los procesos constitucionales, es la Sala de lo Constitucional, no la PDDH”.

Según la sentencia, la Procuraduría “no puede tergiversar su función y pretender con ello limitar o volver nugatoria la eficacia de las decisiones que este Tribunal (la Sala) pronuncia, como pretende hacerlo en el presente caso”.

Por ello, agrega, es “inaceptable” que la PDDH se pronuncie sobre un proceso judicial aún en trámite y se avoque a una competencia conferida por la Constitución para pretender “sustituir” institucionalmente las consideraciones e interpretación constitucional que haya hecho la Sala, la cual es un Tribunal de cierre –el intérprete último– de las disposiciones constitucionales que estatuyen derechos fundamentales”.

En cuanto al alegato de que con la prohibición se violan derechos políticos y la libertad de expresión de los servidores públicos, la Sala aclara que “no se trata de imponer una anulación política de los funcionarios y empleados públicos, ya que los servidores del Estado pueden ejercer sus derechos de participación en la discusión de los asuntos públicos”.

Sin embargo, inmediatamente aclara que pueden hacerlo “pero con el especial cuidado de que la exposición de sus simpatías o preferencias políticas por un partido determinado o por un candidato a un cargo de elección popular, no implique un aprovechamiento de su cargo o función”.