La ASI busca que empresarios se preparen para ley de renuncia voluntaria

En la nueva legislación, se establece que las personas que se retiren de forma voluntaria de sus trabajos pueden optar a una compensación económica, al cumplir una serie de requisitos establecidos

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La Asociación Salvadoreña de Industriales sugiere a los empleadores preparar sus finanzas para la posible rotación de personal. Foto EDH / archivo

Por Patricia García negocios@eldiariodehoy.com

2014-01-16 9:00:00

Con la aprobación de la Ley Reguladora de Prestación Económica por Renuncia Voluntaria, LRPERV, el 18 de diciembre del año pasado, las empresas deberán prepararse para su aplicación a partir de enero de 2015.

Por ello, la Asociación Salvadoreña de Industriales (ASI) hizo el llamado al sector privado para que conozcan con anticipación los requisitos de la normativa, preparen el presupuesto para esto y conozcan las sentencias por incumplimiento de la misma.

De acuerdo con Jorge Arriaza, director ejecutivo de la ASI, este es un requisito constitucional que se ha esperado por mucho tiempo, pero que finalmente hubo una concesión en el tema y hoy debe velarse por su aplicación.

“Se tomaron en cuenta muchas de las observaciones que les hicimos (el sector privado) y realmente hemos quedado satisfechos que es un documento legal que sirve tanto para los trabajadores como para los empresarios y viene a normar un tema que estaba pendiente”. Según el, la normativa llenará un vacío que existía en el artículo 38, numeral 12 de la Constitución, (ver recuadro).

En la nueva legislación, se establece que las personas que se retiren de forma voluntaria de sus trabajos pueden optar a una compensación económica, al cumplir una serie de requisitos establecidos, entre estos se destaca que deben ser empleados que cuenten con mínimo de dos años en la misma empresa.

Los artículos de la normativa establecen las condiciones bajo las cuales los trabajadores pueden exigir la prestación, debiendo emitir un preaviso (15 días para obreros y 30 para cargos de jefes o gerentes), como lo señala el artículo 2 de la LRPERV.

En cuanto a la remuneración por renuncia voluntaria, la referida ley establece en el artículo 8, que se deberá pagar 15 días de salario básico por año de servicio, y el techo será de dos salarios mínimos, de acuerdo al rubro económico.

El exponente invitado de la ASI, Agustín Rodríguez, invito a los empleadores a motivar a sus trabajadores para evitar un alto grado de rotación y además les sugirió apegarse a la ley para evitarse sanciones futuras.