Aprueban Ley para derecho a respuesta

La acción procesal iniciará si el medio niega recibir la petición tres días después de solicitada

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Los medios de comunicación tienen ahora una nueva normativa que les atañe. foto edh / jorge reyes

Por Daniel Choto/ Edmee V. nacional@elsalvador.com

2013-07-11 7:00:00

La Asamblea Legislativa aprobó con 68 votos la Ley Especial del Ejercicio del Derecho de Rectificación o Respuesta, que permitirá a las personas rectificar o responder a “información o noticias que no corresponda a hechos ciertos” y que hayan sido publicados o difundidos en los medios de comunicación.

La ley establece que una persona que se considere perjudicada o agraviada a raíz de ello tendrá derecho a que dicho medio informativo publique o difunda la rectificación o respuesta de manera gratuita.

En el caso de los periódicos u otros medios escritos la aclaración no podrá ser mayor a 500 palabras y si se trata de radio o televisión el espacio disponible para ello no excederá de un minuto de tiempo.

No obstante el artículo 5 establece que no habrá lugar al derecho de rectificación o respuesta “cuando en los programas o artículos publicados o difundidos se emitan opiniones, ideas o juicios de valor, particularmente que provengan o se debatan en materia política, literaria, artística, histórica, científica, religiosa, profesional o deportiva, vertidos a través de un medio de comunicación, salvo que en ello se utilicen términos o expresiones agraviantes u ofensivas”.

Además no habrá lugar a reclamo cuando las opiniones o declaraciones sean emitidas por personas ajenas al medio de comunicación o cuando provenga de un campo pagado, pues en estos casos responderán los firmantes de esos espacios informativos, según la normativa.

La Ley destaca también que el derecho a publicación o difusión de la rectificación o respuesta prescribirá si la persona agraviada deja que transcurran 15 días hábiles para solicitarlo, contados a partir de la fecha de la publicación o difusión que hubiere dado lugar a exigir el cumplimiento de este derecho.

En tanto la acción procesal podrá ejercerse si el medio de comunicación “se negare a recibir la solicitud dentro del plazo de tres días hábiles siguientes de recibida la petición, o si habiéndola recibido, no fuere publicada o difundida la rectificación o respuesta”.

También procederá si el medio “le hiciere saber expresamente al solicitante que la rectificación o respuesta no será publicada o difundida” y si “la publicare o difundiere sin respetar lo dispuesto en esta ley”.

Otro punto interesante es que “si se tratare de terceros o de los responsables de los espacios o campos pagados, el interesado ejercerá la acción del ejercicio del derecho de rectificación o respuesta contra estos”.

Reacciones

La ley fue consensuada con abogados, medios y periodistas, mediante la realización de foros en los que se discutió a profundidad, al grado que ningún diputado hizo uso de la palabra para emitir opiniones contrarias al espíritu de la misma.

Antes de que el decreto entrara a discusión del pleno, el arenero Mario Valiente dijo que “se trata de una normativa que en un equilibrio muy bueno protege a los medios y al ciudadano, que pueda tener el derecho de rectificación o de respuesta cuando sea necesario”.

Explicó que todo ciudadano podrá pedir derecho a rectificación o respuesta “cuando se publique una injuria, una aseveración falsa o una acusación que no pueda ser cierta”.

También destacó que hay una intervención de los jueces de paz, en el caso de que el medio no quiera ceder espacio para que se defienda quien se sienta ofendido en su honor con alguna publicación.

El diputado del FMLN, Jaime Valdés, especificó que lo que se busca es garantizar que cualquier ciudadano pueda pedir aclaraciones o responder a ciertas aseveraciones que se hagan por lo medios, ya sea que el responsable sea este o un tercero, sobre señalamientos que se hagan a personas naturales o jurídicas.

“De tal manera que no se quede (sin derecho de rectificación o respuesta) evitar un daño a la integridad moral de las personas, o de sus familiares”, aseguró.

Aclaró que el derecho a respuesta solo procederá cuando en una noticia o campo pagado se hagan afirmaciones que atenten contra la dignidad o la reputación de las personas: “No es simplemente un señalamiento o una mención”, dijo, al recordar que en el país ya está regulada la crítica periodística, artística y cultural.

Mario Tenorio, de Gana, aseguró que se trata de una normativa con bastante equilibrio porque da derecho a respuesta, pero no entorpece la labor de los periodistas.

“Es una ley bastante equilibrada porque permite acudir y tener el derecho preciso de respuesta en aquel momento en que esta persona haya valorado o se haya considerado perjudicada por tal información y es una ley bastante equilibrada porque tampoco vulnera o lesiona los intereses o el desarrollo del trabajo de los medios de comunicación. Lo que hace es garantizar el respeto a la libertad de expresión”, dijo.

Por su parte Douglas Avilés, de Cambio Democrático, destacó que “bajo ningún punto de vista esta ley va en contraposición con el principio establecido en la Constitución de la libre expresión; tampoco, bajo ningún punto de vista, atropella la labor que realizan los medios de comunicación colectiva en el país. Esta es una ley muy bien trabajada, bastante bien equilibrada”.

Arnoldo Marín, del PDC, dijo que “creemos que esta ley ha sido elaborada cuidadosamente para no atropellar esta labor que hacen los medios de comunicación, los medios periodísticos y crea el derecho a la rectificación o al derecho de tener respuesta cuando una persona se siente agraviada”.