Abogado y APES dan visto bueno a la ley de derecho a respuesta

Cuerpo de ley está listo para ser aprobado por los diputados

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Los diputados de la comisión ad hoc que analizaron y redactaron el anteproyecto de ley que contiene 25 artículos, culminaron su labor el miércoles. La misma deberá ser discutida y debatida en el pleno legislativo, antes de ser aprobada. foto edh / archivo

Por José Zometa politica@eldiariodehoy.com

2013-07-04 7:00:00

El anteproyecto de ley de derecho a respuesta o rectificación que está por ser aprobada por los diputados de la Asamblea Legislativa, es una normativa “muy balanceada”, que garantiza el derecho de los ciudadanos y el ejercicio de los medios de prensa y la libertad de expresión, aseguran el abogado Francisco Bertrand Galindo y el presidente de la Asociación de Periodistas de El Salvador, (APES), José Luis Benítez.

La citada normativa que contiene 25 artículos fue elaborada por la comisión ad hoc, creada para tal fin e integrada por diputados de las distintas bancadas legislativas, aún falta que sea aprobada en una próxima sesión plenaria.

La misma establece que una persona que se considere perjudicada o agraviada por una información o noticia publicada en algún medio de comunicación y que no corresponda a hechos ciertos, tendrá derecho a que dicho medio informativo publique la rectificación o respuesta de manera gratuita.

No obstante la ley también establece que no habrá lugar al derecho de rectificación o respuesta “cuando en los programas o artículos publicados o difundidos se emitan opiniones, ideas o juicios de valor, particularmente que provengan o se debatan en materia política, literaria, artística, histórica, científica, religiosa, profesional o deportiva, vertidos a través de un medio de comunicación, salvo que en ello se utilicen términos o expresiones agraviantes u ofensivas”, dice el artículo 5.

Además, no hay lugar a reclamo cuando las opiniones o declaraciones sean emitidas por personas ajenas al medio de comunicación o cuando provenga de un campo pagado, pues en estos casos, responderán los firmantes de esos espacios informativos, dice la normativa.

A criterio de Bertrand Galindo, el anteproyecto de ley, tal como está redactada, está bien equilibrada y no es “repetitiva” con articulados que ya están contenidas en otras leyes.

“En términos generales la veo positiva porque me parece que hace un buen equilibrio entre lo que es le derecho del ciudadano que obviamente tiene ese derecho por orden constitucional, pero por otro lado hace una buena valoración de lo que es el derecho a la información”, externó el constitucionalista.

Para el titular de la APES dicho anteproyecto de ley está apegado a lo que establecen convenios internacionales y la misma Constitución.

“Como lo plantea bien la introducción de esta ley, este tema del derecho a respuesta está reconocido en el artículo 6 de la Constitución y lo que no se ha hecho hasta en esta oportunidad si se llega a avanzar es justamente desarrollar específicamente una ley de derecho de respuesta o rectificación que establezca los procesos concretos para el ejercicio de ese derecho”, razonó Benítez.

En el artículo 6 se establece que la extensión o espacio para el derecho de respuesta deberá de circunscribirse a los hechos que motivaron el reclamo y en ninguna circunstancia en “cualesquiera de los demás temas relacionados o mencionados en la publicación o difusión en referencia”.

En el artículo 7 se determina que la publicación del derecho a respuesta se hará en similar ubicación y caracteres empleados, en el caso de los medios escritos, pero “sin hacerse uso para dicha rectificación o respuesta de maderas o portadas”, además, señala que “en ningún caso, la publicación podrá exceder de quinientas palabras…”.

Para el caso de los medios radiales y televisivos se tendrá que hacer en el similar espacio o programa y en similar horario en que se difundió la información o noticia que generó la afectación, y en ningún caso excederá de un minuto de tiempo ni será parte de los principales titulares.

“Yo realmente veo bastante bien el proyecto, muy afinado, no es repetitivo porque lo que suele pasar con estas leyes es que son repetitivas; o sea, que repiten lo que ya está en otras leyes y esta no hace eso”, dijo Bertrand Galindo.

Existe un pero…

Para el titular de la APES, hay algo con lo que no está de acuerdo. “La salvedad es este punto de los blogs y la responsabilidad que le pone a los servidores locales de Internet, creo que esto debería de plantearse en otro tipo de legislación que deberá ser algo como delitos informáticos”, dijo.

Precisamente sobre esto último el artículo 18 establece que “lo regulado en la presente ley será aplicable, en lo pertinente, a todo medio de comunicación electrónico o semejante, incluyendo a los espacios, foros o los reconocidos universalmente como ‘blogs’, en los que se comunican o difunden al público informaciones u opiniones a través de la red informática mundial, denominada generalmente como ‘internet'”.